Entre otras cuestiones, estipula que los ciudadanos que cumplan con esta carga pública serán remunerados y que bajo ningún concepto pueden efectuar preguntas a quienes presten declaración (tampoco puede hacerlo el juez).
También, que el veredicto de no culpabilidad no se puede recurrir, salvo situaciones muy específicas, contempladas en la ley. Entrevistado por El Entre Ríos, el fiscal Alejandro Perroud –quien lleva adelante la investigación tanto del caso Viollaz como del caso Grispy– respondió algunas preguntas sobre esta modalidad.
–¿Un juicio por jurados puede llevarse a cabo para cualquier tipo de delito?
–Es para todos los delitos que tienen prevista una pena mayor a los 20 años de prisión. En el caso Viollaz el delito que se imputa es homicidio en ocasión de robo, que tiene una pena de 10 a 25 años.
–¿Cómo se elige y cuántas personas integran el jurado popular que tendrá a su cargo decidir la culpabilidad o no de los acusados?
–El jurado surge de un sorteo del padrón electoral, mitad mujeres y mitad varones (3 por cada 1.000 habitantes) aproximadamente 200 personas para el departamento, de las cuales se sortea un mínimo de 36 para cada juicio. De esos 36, en la audiencia preliminar, se eligen los 12 titulares (6 mujeres y 6 hombres) y 4 suplentes (en igual proporción), de acuerdo a los que las partes (Fiscalía y Defensa) consideran más apropiados por su objetividad o porque puedan entender mejor su teoría del caso.
–¿Quiénes más participan en el juicio?
–Hay un juez técnico, que en este caso es Rubén Chaia, e intervienen además el fiscal y la defensa con los imputados.
–¿Cómo es el desarrollo del juicio?
–Al principio, el juez explica al jurado algunas cuestiones a tener en cuenta, ya que se trata de personas que no tienen conocimiento del derecho, a las que se elige para que decidan solamente sobre los hechos que ven. Al final del debate, también se les da algunas instrucciones con lenguaje claro, de acuerdo a lo que ha ido pasando, para que puedan retirarse a deliberar en un recinto cerrado donde discuten lo que vieron respecto a la prueba que se produjo y dan su veredicto: culpable o no culpable.
–¿Deben fundamentarlo?
–De todo lo que se discute no queda registro, ni tampoco deben dar un fundamento de por qué llegan a esa decisión. A través de un portavoz que ellos mismos eligen, mediante un formulario, dicen la decisión a la que han llegado.
–¿Qué pasa si en el debate no hay acuerdo entre los miembros del jurado?
–Para que haya un veredicto, ya sea de culpabilidad o no culpabilidad, debe ser unánime. Es decir, los 12 tienen que estar de acuerdo.