Los magistrados, de manera unánime, lo absolvieron “parcialmente” por los delitos de Desobediencia judicial (un hecho) y Coacción agravada (un hecho) –ambos del Legajo Nº 341/21-, y Desobediencia judicial (tres hechos, del Legajo Nº 372/22). Asimismo, lo condenaron, como autor penalmente responsable de la comisión del delito de Coacciones simples (un hecho), disponiendo en consecuencia la pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional, con cumplimiento de reglas de conducta por igual término.
La decisión del Tribunal se conoció este miércoles tras el debate en el que intervinieron, por el Ministerio Público Fiscal, el fiscal coordinador Gamal Taleb; el fiscal Iván Yedro; y la fiscal Maite Burruchaga, quienes solicitaron una pena de cinco años y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo. Durante el juicio, Blázquez fue defendido por el abogado Carlos Reggiardo, quien pidió la absolución para su representado.
El Tribunal también le impuso a Blázquez otras restricciones. Entre ellas la imposibilidad de salir del país sin autorización y diferentes medidas de protección respecto de la víctima: abstenerse de tener cualquier contacto intimidante y/o amenazante a una distancia inferior a los 200 metros adonde ésta se encuentre y/o su domicilio; proferirle intimidaciones y/o amenazas ya sea por sí y/o por interpósita persona, sea de modo personal, telefónico, redes sociales, aplicación celular, y/o cualquier otro medio remoto.
El carácter condicional de la pena cesará en caso de incumplimiento de cualquiera de esas reglas de conducta que forman parte de la condena resuelta por el Tribunal.
Según comunicaron desde el STJ, los fundamentos íntegros de la sentencia se darán a conocer el día 27 de junio de 2022, a las 8.50.
Sobre el juicio
El juicio comenzó el 11 de mayo y durante su transcurso se analizaron episodios supuestamente ocurridos y denunciados por ciudadanos y una ciudadana, a los que se sumaron denuncias de funcionarios y funcionarias públicas, entre ellos el fiscal de Nogoyá, Federico Uriburu y la senadora provincial por ese departamento, Flavia Maidana, provisoriamente calificados como Coacciones agravadas, Desobediencia judicial reiterada y Extorsiones.Esas actuaciones tramitaron oportunamente por el Juzgado de Garantías de Nogoyá.