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Luego de tres instancias de negociación, la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) no ha conseguido acordar una fórmula de recomposición salarial con el gobierno provincial.

La primera oferta fue el lunes 22 de julio: un 5% para julio; igual porcentaje a la inflación para agosto; una suma fija de $120 mil, en tres cuotas, en negro y sólo para los activos; y la fijación del mínimo garantizado para el cargo testigo en $418 mil.

Esa propuesta fue rechazada por “insuficiente, distorsiva e insuficiente” durante el congreso de Agmer, que sesionó el pasado 24 de julio en Colón.

Ante ese escenario, el Ejecutivo reformuló la oferta y propuso, el martes 30 de julio, un 5% para julio, y recomponer el salario durante el resto del año en función del índice de inflación. Además, elevar el mínimo garantizado para el docente a $430.000 mil y establecer una suma no remunerativa y no bonificable de $200.000, en cinco cuotas, que llegaría a activos y jubilados.

Un nuevo congreso de Agmer se convocó el martes 6 en Colón y también la rechazó.

Los congresales exigieron un incremento bimestral para julio y agosto por encima de la inflación, aumento del piso salarial, que todo aumento sea en blanco, y que esa tercera propuesta se presente no más allá del viernes 9. De no ser así, dispuso aplicar otras 48 horas de paro para los días miércoles 14 y jueves 15.

Ante ese escenario, el viernes 9 el gobierno presentó una tercera oferta salarial, con dos alternativas:
Propuesta 1
1. Un 5% de incremento para haberes de julio de 2024, tomando para la base de cálculo los haberes de junio de 2024.

2. Garantía de aumento salarial mensual conforme al índice de inflación (IPC INDEC) desde haberes de agosto hasta los haberes de diciembre de 2024 incluido, sobre la base de los haberes de junio de 2024.

3. Suba del piso salarial docente un 18,7%, el que pasará a ser de $450.000 con los haberes de julio de 24.

4. Un adicional de 0,5% de aumento salarial mensual para los haberes de agosto de 2024 a diciembre de 2024 inclusive, sobre la base de los haberes de junio/2024. Este adicional tendrá carácter remunerativo y no bonificable.

5. Convocatoria de la mesa técnica para determinar la pauta de recomposición del primer semestre, acorde al cumplimiento del acuerdo paritario previo. La misma será conformada dentro de los próximos siete días desde el acuerdo.
Propuesta 2
1. Un 5% de incremento para haberes de julio de 2024, tomando para la base de cálculo los haberes de junio de 2024.

2. Garantía de aumento salarial mensual conforme al índice de inflación (IPC INDEC) desde haberes de agosto hasta los haberes de diciembre de 2024 incluido, sobre la base de los haberes de junio de 2024.

3. Suba del piso salarial docente un 18,7%, el que pasará a ser de $450.000 con los haberes de julio/24.

4. Suma fija remunerativa no bonificable de $40.000 con los haberes desde julio a diciembre. La misma será neta de descuentos y de antigüedad.

5. Convocatoria de la mesa técnica para determinar la pauta de recomposición del primer semestre, acorde al cumplimiento del acuerdo paritario previo. La misma será conformada dentro de los próximos 7 días desde el acuerdo.

El plenario de secretarios generales de Agmer, que se reunió el viernes, rechazó esa tercera propuesta y confirmó la realización de un nuevo paro de 48 horas, los días miércoles 14 y jueves 15.

En el marco del conflicto, el 31 de julio Agmer comunicó a la Secretaría de Trabajo que declaraba cerrada la instancia de conciliación administrativa de la paritaria salarial docente, de acuerdo a los tiempos contemplados en la Ley Nº 9.624 de Paritaria Docente.

La Ley de Paritaria docente establece que, ante el fracaso de la referida instancia conciliatoria por vía administrativa, “cualquiera de las partes podrá pedir al Juzgado de Trabajo en turno de la ciudad de Paraná que disponga la conciliación obligatoria, ordenando a las partes suspender las medidas que se hubieren dispuesto en relación al conflicto. Para el caso que el juez interviniente interprete que se cumplimentan los requisitos de admisibilidad del pedido acogerá la medida peticionada por un término máximo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la resolución, dentro del cual se realizarán las audiencias de conciliación que el magistrado entienda necesarias”. Vencido el plazo sin que se hubiere arribado a una fórmula de conciliación, “automáticamente podrán las partes proseguir con las medidas suspendidas por el Juzgado”.
Fuente: Entre Ríos Ahora

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