La diputada Gabriela Lena (Juntos por Entre Ríos), titular de la comisión de Asuntos Constitucionales, Juicio Político y Peticiones, Poderes y Reglamento, informó: “En los artículos 7° y 15°, creemos que es necesario mantener la redacción original. Nosotros establecimos que la comisión de transición va a estar compuesta por dos miembros del Ejecutivo y uno del Legislativo y, fundamentalmente, que esta comisión no va a percibir ningún tipo de honorarios o sueldos por la tarea encomendada. Esto fue modificado en el Senado”.
Respecto del artículo 15°, precisó que fue modificado por la Cámara de Senadores en sus alcances sobre la responsabilidad que corresponderá ante la falta del suministro de la información en los plazos y formas establecidos. “La redacción que habíamos consensuado y aprobado por unanimidad en este recinto, es mucho más clara y contempla una sanción no solamente a los empleados a través del sumario administrativo, sino también a los funcionarios públicos”, indicó.
Este régimen tiene por finalidad regular el período de transición gubernamental, para el acceso a la información rápida, bajo las premisas de orden, responsabilidad y transparencia. Este periodo se iniciará con el escrutinio definitivo emitido por la Junta Electoral y finalizará el día de la asunción de las autoridades electas, con un lapso temporal máximo de 60 días previos a la asunción del gobernador/a y vicegobernador/a elegidos.