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El congreso de este sábado habilitará la reforma de la carta orgánica partidaria para adoptar la representación de las minorías, como tienen hace años los radicales.

Fue necesaria una derrota electoral que lo desaloje de la Casa de Gobierno para que el Partido Justicialista (PJ) acceda a un viejo reclamo interno: la actualización de su carta orgánica para incorporar una cláusula de representación de minorías partidarias. Esto es, que las listas que pierdan una interna puedan llevar a las elecciones generales algunos candidatos en la lista que gana, siempre que alcancen un piso de votos.

Con un consenso generalizado para avanzar con esta reforma, la discusión pasa por el porcentaje de votos que se requieran para alcanzar ese piso. No es lo mismo un piso del 10% -que promovería la dispersión y la proliferación de micro emprendimientos- que uno del 35%, claramente restrictivo. Tal vez el punto medio del 25%, como el que tiene la carta orgánica radical, resulte el adecuado.

La representación de minorías, que en todos estos años negó el peronismo en el poder, opera como un instrumento de contención de los distintos espacios de una fuerza política y promueve la competencia interna de los grupos menos poderosos, con la expectativa de al menos colar un candidato dentro de los lugares expectantes de las lista para las elecciones generales.

Además, constituye un incentivo para que se haga efectiva la segunda parte del conocido apotegma peronista: el que pierde (la interna) acompaña (trabaja en la campaña para la elección general).
Carta orgánica
La actual carta orgánica del PJ de Entre Ríos fija un piso en apariencia generoso, del 10% de los votos, para obtener minoría en una interna. Pero el mecanismo para su integración es mezquino, porque deja a la oposición interna fuera de los lugares expectantes de lista, es decir, de los que tienen posibilidades de “entrar”.

El art. 40° de la carta orgánica establece que la lista que resulte triunfante en una interna se adjudica la “mayoría” de los cargos titulares e igual número de suplentes.

Esto es: quien gana la interna, así sea por un voto, se queda con la mitad más uno de los cargos titulares. Por ejemplo: con 18 candidaturas de las 34 titulares que cada partido debe presentar para la Cámara de Diputados. Es ese, justamente (18) el número de diputados que lleva el partido que gana una elección general.

Es decir que la minoría se integra luego de que la mayoría partidaria haya ocupado todos los lugares expectantes de la lista de candidatos para un cuerpo colegiado, como la legislatura o un concejo deliberante.

El artículo 40 se completa así: “los restantes lugares serán adjudicados por el sistema proporcional D’Hont entre las listas que hubieran alcanzado un mínimo del 10% de los votos emitidos válidos”.

Siguiendo con el ejemplo de la lista de diputados, el reparto en forma proporcional se hace a partir del lugar 19 de la lista de candidatos. Es decir, entre los lugares no expectantes, los que “no entran” ni aún ganando las elecciones. Por eso es que se dice que en la interna del PJ, el que gana se queda con todo.

El art. 41° dispone: “En la distribución de cargos por el sistema proporcional D’Hont, la lista ganadora participará de la misma cantidad de votos que exceda la simple pluralidad de sufragios”.

En 2017, el precandidato a diputado nacional por Unión Ciudadana, Jorge Barreto, había pedido que la lista oficial no participe de esa distribución proporcional luego de haberse quedado con la mayoría de los cargos.

Pero el PJ se lo negó en base al artículo 41 y, en consecuencia, al candidato kirchnerista no le alcanzaron los votos ni siquiera para quedar en los lugares no expectantes de la lista de candidatos a diputados nacionales (que eran el 4 y 5 lugar), a pesar de que había superado el 10% de piso para conformar minoría.

Hay que recordar que en 2017 se renovaron 5 diputados nacionales. En consecuencia, el partido que ganara las elecciones podía aspirar a sentar 3 diputados en el Congreso. Esos 3 primeros eran los lugares expectantes.

En definitiva, el piso de la carta orgánica del PJ para alcanzar minoría del 10% es bajo. De hecho, es más bajo que el 15% que se había propuesto en el proyecto de reforma electoral que el gobernador Gustavo Bordet impulsó en 2018 y que naufragó, entre otras cosas, por culpa de la interna peronista.

Es un piso, en apariencia, generoso. Pero el proceso para la integración de esa minoría es claramente mezquino.
Reforma política
La propuesta de fijar por ley un piso de representación de minorías, que sea obligatorio y único para todos los partidos políticos de la provincia, como establecía el proyecto de Bordet, fue –en principio– dejada de lado en el actual proceso de reforma electoral que impulsa el gobernador Rogelio Frigerio. Se entiende que este tema debería seguir siendo materia de definición de cada partido y/o frente.

En el proyecto de 2018 de Bordet se establecía que toda lista que obtuviera un piso del 15% de los votos en una interna tenía derecho a integrar la lista del partido para la elección general, en forma proporcional a los votos obtenidos.

La iniciativa planteaba en este punto una verdadera innovación, dado que la representación de minorías no está legislada en la provincia y sólo rige en algunas cartas orgánicas partidarias, como el caso de la UCR, que fija un piso de votos del 25%. Y es un reclamo histórico dentro del PJ, donde el que gana una interna se queda con todos los cargos expectantes de la lista para la general, así haya triunfado por un voto.

En el caso de los frentes electorales, sólo Cambiemos y luego Juntos por el Cambio lo incorporó, siguiendo el criterio radical del 25%, con distribución por sistema D’Hondt.
Fuente: Página Política

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