La imposibilidad de interrumpir el vínculo laboral de manera unilateral continuará al menos por otros 60 días, mientras que la duplicación indemnizatoria podrá seguir vigente hasta mediados del próximo año, aunque en el Ejecutivo analizan cambios en su instrumentación para focalizar el amparo en los trabajadores más desprotegidos.
La doble indemnización fue impuesta por Alberto Fernández en diciembre del año pasado -pocos días después de asumir- por 180 días y, como coletazo de la puesta en vigor de la emergencia pública en materia sanitaria, se prorrogó hasta fin de año.
Mientras que la prohibición de cesantías y suspensiones sin causa fue motivada por la cuarentena, en marzo pasado, se implantó por 60 días y fue extendida cada bimestre desde entonces.
Ambos mecanismos fueron instrumentados por decreto.