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La Agencia de Administración de Bienes del Estado explicó, tras un pedido de información pública, que el Estado nacional no cuenta con bienes en la provincia de Entre Ríos que podrían ingresar en el Régimen de Extinción de Obligaciones Recíprocas anunciado por el Gobierno central a inicios de noviembre.

El Gobierno Nacional, a través del Decreto 969/2024, creó el Régimen de Extinción de Obligaciones Recíprocas, con el objetivo de “ofrecer a todas las jurisdicciones (…) la posibilidad de extinguir sus obligaciones con el objeto de facilitar el proceso de saneamiento de las cuentas públicas y superar el estado de emergencia que el país atraviesa”.

Se detallaba la posibilidad de realizar acuerdos de compensación, conciliaciones, transacciones, remisiones, reconocimientos de deudas, desistimiento de causas judiciales y compromiso de cumplimiento de convenios.

Se informó en ese momento que el nuevo régimen permite que el Poder Ejecutivo entregue tierras, rutas y otros bienes a los distritos para cancelar los pasivos. En Entre Ríos, las tierras e instalaciones del Ferrocarril así como las miles de hectáreas de campos que pertenencen al Ejército son los principales bienes inmuebles del Estado Nacional.

El 13 de diciembre, el gobernador Rogelio Frigerio, firmó con el ministro de Economía de la Nación, Luis Caputo, y el vicejefe de Gabinete del Interior, Lisandro Catalán, una carta de intención para la adhesión voluntaria de la provincia al Régimen de Extinción de Obligaciones Recíprocas.
¿Qué sucede en la provincia?
A fines de noviembre, ANÁLISIS formuló un pedido de información pública acerca de los bienes que el Estado Nacional posee en la provincia de Entre Ríos, que podrían ingresar en el mencionado Régimen.

La Dirección de Dictámenes dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Agencia de Administración de Bienes del Estado de la Nación intervino en el trámite y este martes respondió: “La referida norma hace referencia a deudas recíprocas y/o créditos entre las partes, no previéndose la dación en pago (facultad que fue derogada expresamente por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 145/20), lo que permitiría la posibilidad que deudas sean cancelados con bienes inmuebles del Estado Nacional”.

"En consecuencia -concluye la nota firmada por el director nacional de AABE, Fernando Galizia-, se informa que no existen bienes del Estado Nacional en la Provincia de Entre Ríos que podrían ingresar en el Régimen de Extinción de Obligaciones Recíprocas creado por el Gobierno nacional para sanear deudas con la provincia".

El fiscal de Estado de la provincia, Julio Rodríguez Signes, había dicho respecto de este régimen en una entrevista en Radio Plaza: “Ese es un canal administrativo para que cada parte, Nación y provincias, se introduzca en un sistema administrativo, no judicial, para discutir sus respectivas acreencias y poder en su momento compensarlas si se llega a un acuerdo, cosa que no es automática ni sencilla”.

Entre las principales acreencias por parte del Estado entrerriano, contó que “se incorporaron muchos más rubros. Por ejemplo, la deuda que tiene la Nación por el corte de la obra pública", aunque aclaró que "la más importante, sin duda, es la deuda que tiene la Nación con la provincia por la Caja de Jubilaciones. Pero todavía no se inició con el mecanismo oficial, porque para poder presentar créditos y deudas, cada parte tiene que documentarse para cotejar cuál es el grado de verosimilitud, de legalidad que tiene cada crédito invocado”.
Fuente: Análisis

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