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El Ministerio Público Fiscal dispuso el archivo del legajo en el cual se indagó sobre la posibilidad de que el presidente del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, Mauro Vazón, estuviera en situación de incompatibilidad al desempeñarse también en el Consejo de la Magistratura de la Nación.

La investigación se inició tras una denuncia formulada en julio por el abogado paranaense Emmanuel Berta Schroeder, al entender que había incompatibilidad entre el cargo que Vazón ejerce a nivel provincial y un contrato de servicio en el Consejo nacional, suscripto en 2022 y aún vigente.

El fiscal Gonzalo Badano decidió darle curso al trámite, decretar la apertura de causa y el inicio de la correspondiente investigación penal preparatoria ante la posibilidad de que la conducta del funcionario encuadrara en el delito de fraude contra la administración pública.

No obstante, las respuestas a los oficios librados por el funcionario judicial al Consejo de la Magistratura de la Nación derivaron en el archivo de las actuaciones.

“Conforme lo informado por el Consejo de la Magistratura de la Nación, Héctor Mauro Vazón reviste la calidad de secretario letrado desde el día 22 de noviembre de 2022 en la vocalía de María Isabel Jimena De la Torre. Mediante resolución, se autorizó la contratación bajo la modalidad de locación de servicio”, indicó Badano. Ese contrato ya había sido puesto a disposición de la Fiscalía por el propio Vazón, que se presentó espontáneamente en tribunales días atrás.

“Del análisis de la documentación remitida, no se advierte la existencia de un ilícito que pueda ser tipificado penalmente. De la lectura del contrato celebrado se desprende que no existe un horario y lugar fijo en el que deba desempeñar su labor”, esclareció Badano.

Más adelante detalló que, de acuerdo al contrato, Vazón debe “desarrollar las actividades y objetivos que determine el consejero proponente”, es decir De la Torre. “Es ella quien fija sus actividades y objetivos”, puntualizó el fiscal.

“Al respecto se advierte que es la propia consejera quien envía desde su correo electrónico las facturas de servicios prestados por el doctor Vazon al Consejo, a fin que este abone el pago correspondiente a cada uno de los meses”, se abundó.

“Sumado a lo antes dicho, se advierte que en las condiciones del contrato se especifica expresamente que no es intención de las partes el establecimiento o creación de una relación laboral de dependencia o una relación principal. Se agrega que entienden que Vazón es una persona independiente y autónoma en relación al Consejo de la Magistratura. Por otra parte, se añade además que Vazón queda facultado para desarrollar otras actividades”, enumeró Badano.

“Como se puede observar ,el denunciado no tiene un vínculo de empleo de dependencia con el Consejo de la Magistratura sino uno de servicio en el que se indicó expresamente que puede realizar otras tareas, de modo tal que no se trata de una labor incompatible con otros vínculos laborales”, resumió.

Finalmente, Badano dispuso desestimar las actuaciones. “En razón de lo expuesto, considero que no se avizora la existencia del delito alguno, por lo que se dispone la desestimación de la denuncia”, indicó.
Fuente: Análisis

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