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El juez de feria Ignacio Martín Basaldúa, titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 10 de Procesos de Ejecución de Paraná, hizo lugar a una medida cautelar solicitada por el Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper) y ordenó la continuidad de las prestaciones que brinda a los 300 mil afiliados al organismo la Asociación Entrerriana de Anestesiología, Analgesia y Reanimación.

El magistrado dispuso que la asociación “continúe en el ejercicio de la representación de sus asociados, brindando las prestaciones médicas que le competen a los afiliados de Iosper, en los términos y condiciones convenidos, por el plazo de 90 días”. La resolución plantea que “hasta tanto se celebre un nuevo convenio, y por el término de 90 días corridos, continuará en vigencia el anteriormente vigente, sin perjuicio de las readecuaciones, compensaciones y/o diferencias que puedan pactarse en el marco de la negociación”.

Los abogados de la obra social provincial Ezequiel Poncio y Valeria Nieva acudieron a la Justicia y promovieron una petición de dictado de medida cautelar genérica o suspensiva contra la Asociación de Anestesiología “con el propósito de lograr que la misma no se desligue de la representación de los profesionales que en ella se agrupan por un plazo de 90 días” y pidieron que “continúe responsabilizándose por la regularidad de las prestaciones a las que se ha comprometido dentro de un sistema público y solidario asimilado a un servicio de interés público, hasta tanto nuestro representado celebre convenios individuales con especialistas anestesiólogos” de toda la provincia.

El presidente del directorio de Iosper, Fernando Cañete, indicó que se recurrió a la Justicia “para garantizar el servicio y no perjudicar ni a los afiliados y, menos aún, a los sanatorios”, apuntando que en este plazo “se dialoga con anestesistas para ver la posibilidad de tener un grado de acercamiento para firmar convenios de manera individual”.

Al respecto, Cañete recordó que el 22 de septiembre de 2023 se creó una Comisión de Seguimiento, “que resolvió el 90 por ciento de los planteos que realizó la asociación, es decir, se resolvieron prácticas realizadas por anestesistas en internaciones y se definió el pago directo de honorarios, que antes se liquidaban cuando los sanatorios presentaban la facturación, por lo que se agregó un acto administrativo más para responder a su reclamo, para que no esperen la liquidación de los sanatorios”.

Sin embargo, el conflicto surgió a partir del pedido de aplicación del nomenclador nacional: “Fue rechazado -indicó el dirigente-, ya que dispone adicionales que no son lógicos, es decir, que por cada práctica querían un adicional porcentual distinto por ejemplo: de horario nocturno (un 35 por ciento); por fin de semana (50 por ciento); feriado (50 por ciento); por edad extrema del neonato (50 por ciento); pre pediátrico (40 por ciento); pediátrico (30 por ciento); geriátrico (30 por ciento); y pacientes de obesidad mórbida, con un índice de masa corporal mayor a 40, (un 175 por ciento)”.

Iosper se presentó el lunes 8 -inicio de la feria judicial- para frenar una decisión que la Asociación de Anestesiología anunció que aplicaría a partir del martes 9. La obra social provincial argumentó que las partes habían suscripto un convenio en 2017, que se ejecutó hasta la fecha, “siempre con sus reconducciones, acordando cápitas y honorarios por las diversas prestaciones”. Pero la otra entidad comunicó el 7 de marzo último su voluntad de rescindir el convenio prestacional, “que se produciría a los 30 días”, esto es el 6 de abril pasado. Iosper consideró que esa medida ponía “en crisis” el sistema de prestaciones sanitarias por cuanto cuenta con 289.959 afiliados, que en 2023 demandaron 17.177 cirugías y que, entre enero y julio de 2024, contabilizaron 6400, que ahora quedarían sin cobertura.

Finalmente, el 13 de abril las partes acordaron una tregua y seguir la negociación, pero el 3 de julio los anestesiólogos comunicaron a Iosper la rescisión de la relación contractual, que cobraría vigencia a partir del martes 9. En el ínterin, la obra social inició negociaciones individuales con los anestesiólogos de la provincia para mantener la cobertura a sus afiliados. La obra social provincial consideró que se trata de un servicio esencial, cuya interrupción pone en peligro la vida y la salud de los beneficiarios de Iosper.

Antes de hacer lugar a la cautelar, el juez Basaldúa cargó contra Iosper y dijo que “resulta claro y surge del relato parafraseado más arriba y de la documental acompañada que el convenio en cuestión venció antes de lo que dice” la obra social en su planteo. La prórroga había concluido el 11 de junio, abundó, y “si alguna duda cupiera, además el 25/06/2024 la asociación presentó nota a Iosper (…) informando el vencimiento del plazo e incumplimientos, dejando expresamente manifestado que consideró ‘irrevocablemente rescindido’ el convenio”.

En ese orden de ideas, el magistrado sostuvo que “pese a la forzada interpretación que pretende introducir Iosper, resulta de meridiana claridad que el convenio y sus posteriores reconducciones, suspensiones, acuerdos, etcétera, perdió vigencia?en fecha 25 de junio 2024, o al menos no puede caber duda alguna de que eso es lo que la asociación entendió. Por ello, la promoción de la presente el 8 de julio, primer día de feria, a las 12.29 horas, indicando que a las 00 horas del día siguiente vencía el convenio y exponiendo que a partir del ese momento todos los afiliados del Iosper quedarían sin atención de anestesistas (cuando quedó claro que la asociación se consideró desvinculada desde mucho tiempo antes), resulta un actitud poco colaborativa con el proceso, que no puedo soslayar, máxime habiéndose dado la oportunidad de su aclaración, sobre todo teniendo en cuenta que la decisión se debe tomar en feria”.

Inmediatamente después, el juez entendió que “la cuestión debatida excede claramente de los intereses particulares, de dos partes en un convenio, pues determina la manera de garantizar la prestación de un servicio esencial para la protección de salud y calidad de vida de los afiliados, todo ello en el marco de la normal desarrollo de las funciones propias, naturales y principales de ambos actores del sistema”. Y planteó que “los servicios esenciales no pueden interrumpirse, la salud es -sin dudas- un servicio esencial, pues se trata de un derecho humano fundamental de la persona, constituyendo prestaciones básicas y esenciales que deberán ser garantizadas por los agentes de salud, además de ser pasible de afectar sujetos con múltiples vulnerabilidades, por el obvio efecto multiplicador que la decisión de la asociación tendrá (pacientes con afecciones de salud, adulto mayor, discapacidad, NNA, etcétera) todas con protección legal, constitucional y convencional,? lo que impone un análisis más amplio y despojado de un criterio formalista”.

Ante el fracaso de las negociaciones, la asociación denunció el convenio, por lo que dejaron de representar a sus asociados y dieron libertad de acción a los anestesistas, “por lo que ahora, en estos tres meses Iosper habla con profesionales de toda la provincia para para firmar convenios de manera individual, no obstante, a los fines de poder seguir garantizando el servicio y no perjudicar ni a los afiliados se interpuso la cautelar”, informó el titular de la obra social.
Fuente: Entre Ríos Ahora / Prensa Iosper

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