Los abogados reiteraron viejas quejas e ideas sobre la investigación fiscal y las pruebas que sustentan la sentencia que dictó el Tribunal de Juicios y Apelaciones el 7 de abril de 2022 y que terminó con las condenas de los imputados mencionados precedentemente, del exgobernador Sergio Urribarri y otras personas.
Tal como ocurrió este miércoles, la jornada comenzó a las 9.30 y se extendió durante largas horas en las que se escuchó, una vez más, cuestionamientos defensivos que fueron planteados en la etapa de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), reiterados durante el debate oral que se llevó a cabo entre octubre de 2021 y abril de 2022; muchos de los cuales fueron descartados o desestimados con la sentencia condenatoria de primera instancia.
El tribunal que componen las juezas Marcela Davite; Marcela Badano y Evangelina Bruzzo; y los fiscales Patricia Yedro; Juan Francisco Ramírez Montrull y Gonzalo Badano escuchan con paciencia a los abogados defensores.
“Pedimos exclusiones probatorias”
Así lo reiteró el abogado de Pedro Báez, Ignacio Díaz: “El juez de Garantías nos ha dicho que la prueba admitida debía ser valorada en el juicio. Y cuando pedimos la exclusión en la sentencia de juicio, nos referimos a la valoración de la prueba, a que se establezca si es o no una prueba eficaz. No en el sentido de excluir lo que ya está resuelto”.Díaz retomó las discusiones sobre el secuestro del disco rígido a la vuelta de las instalaciones de las empresas Tep y Next (adjudicadas a Juan Pablo Aguilera, cuñado del exgobernador Urribarri), tal como ayer lo hizo su par, el abogado Marcos Rodríguez Allende que habló por el propio Aguilera y por su pareja y la madre de sus hijos, Luciana Almada. “El acta de secuestro del disco rígido comienza con dos testigos: León Elberg y Silva Cecilia Soledad. A las 12.43 reemplaza Silva se constituye como testigo del secuestro del disco. En ningún acta consta que se suspendió el allanamiento de calle Racedo para que Silva se constituya como testigo en la casa de la vecina. Entendemos que Silva estuvo de testigo en los dos lugares a la vez”, advirtió y marcó: “El tribunal no dijo nada de esto”.
El abogado agregó el otro testigo civil, León Elberg “entró a las 11 y se fue a las 11.30 porque tenía que buscar al hijo. Silva no estuvo en los dos lugares, y no fue citada a ratificar el acta, ni a declarar. Tampoco fue llamada Brambilla (NdR: la dueña de la casa donde apareció el disco rígido, fue ella misma quien mandó a llamar a la Policía cuando allanaba las instalaciones de Tep y Next)”, apuntó. Brambilla declaró en la IPP pero no asistió al debate oral porque es una mujer grande, con problemas de movilidad.
“Estamos ante la presencia de invalidez probatoria y pedimos la exclusión”, reclamó el abogado para pedir, como viene haciendo todo el equipo defensivo, que no consideren la memoria extraíble. Es lógico que ataquen una prueba fundamental para la investigación conocida como “causa imprentas”, o “cartelización de la publicidad oficial” o “causa de la vaca”. “El secuestro del disco rígido no se realizó con la validez de ningún juez”, añadió el defensor del exministro de Comunicación.
También aseguró, como lo hizo en etapas previas, que se violó la cadena de custodia del disco secuestrado. “No sabemos qué pasó en ínterin de secuestro y depósito de esa prueba durante más de 24horas. Reitero que de ninguna manera precluyó la oportunidad para este reclamo, en razón de solicitar invalidez de esta prueba”, subrayó.
También pidió la “exclusión probatoria de los informes de telefonía celular”. Al igual que ayer lo hizo Rodríguez Allende, Díaz dijo que “estas actas, informes, interfieren en la intimidad de las personas. El Ministerio Público (Fiscal) no tiene la potestad, si autoriza un juez puede ser. Pero el juez tiene que fundar la autorización”, afirmó.
Se quejó además de los bioingenieros que hicieron la pericia informática. “Los autorizados son ingenieros informáticos, analistas de sistemas y licenciados en sistemas. Los bioingenieros pueden realizar actividades en relación a la bio, la vida”, reiteró Díaz.
Por otro lado, cuestionó la investigación en la causa Buffa, por contratación directa de publicidad para el Estado provincial. “El Ministerio Público Fiscal cree que las contrataciones de publicidad deben hacerse con las reglas generales de las licitaciones. Pero en el devenir investigativo advirtieron que no es posible, y buscaron otra causa. Es verdad que antes de esto, las contrataciones de publicidad se realizaron de la misma manera. Siempre se realizaron así”.
El abogado de Pedro Báez señaló que ya no se exigen todos los requisitos que se exigían en las contrataciones. “Hoy en día no es delito no cumplir con las recomendaciones del Tribunal de Cuentas que se tomaron como obligatorias. Y creo que a este respecto es de aplicación la legislación más benigna”, pidió.
—Doctor, esto no estaba en su recurso de Casación de Díaz, así que se toma como un agravio sobreviniente—advirtió la presidenta del Tribunal.
Díaz consintió la advertencia.
Al cabo de un cuarto intermedio, el abogado volvió sobre las cuestiones administrativas que enmarcan las contrataciones de publicidad oficial. “Hay confusión desde cuándo hay contrato. Lo explicó en el debate el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, y otros funcionarios públicos”, dijo y aseguró que en la causa Buffa “no se violó ninguna ley”. “Por eso fue aprobada por Contaduría General”.
Más adelante retomó lo que ayer dijo Rodríguez Allende y repitió: “Cambiaron la imputación y a Urribarri lo acusaron primero por su precandidatura y luego por el posicionamiento”. Habló de la solicitada contra los “fondos buitres” y dijo sentirse “orgulloso de representantes así, de nuestra entrerrianía, que realicen estos actos en momentos propicios para hacerlo, cuando hay que hacer las convocatorias para evitar en el futuro actos de la misma naturaleza. Si alguien dice que en esta solicitada no hay un interés público, lo entendería como mentiroso”. Es más, Díaz hasta leyó la mismísima solicitada publicada en 18 medios gráficos del país en 2014. “No pueden sacar esto de contexto para decir que es proselitismo”, criticó y concluyó Díaz, cuatro horas después de iniciada la audiencia.
“Lo de Pedro Báez es un error de previsión inevitable”
José Velázquez habló también de la “causa imprentas”, los cuatro spots publicitarios de la “causa Mercosur”, realizó un petitorio para Pedro Báez.El abogado aseguró que la sentencia de primera instancia parte de una premisa: si Aguilera y Urribarri son cuñados ¿cómo Urribarri siendo gobernador no sabe lo que hace su cuñado? “Es una premisa sobre la que se erige la condena y no nos permite defendernos”, se quejó. “Hay valoraciones arbitrarias del tribunal para adjudicar responsabilidades a Báez como ministro”.
“Hay un informe contable esencial para esta sentencia que llama la atención porque no refleja lo que pasó en el juicio -sostuvo-. Ni siquiera están bien hechas las sumas en el Excel, no es serio. Es un informe que sólo sirve a los fines de la acusación. ¿Cómo le imputan esto a Pedro Báez. La imputación habla de abusos en la contratación por vía de excepción, serias irregularidades de tramitación de expedientes que comenzaban con órdenes de publicidad, esos eran los elementos”, cuestionó Velázquez y preguntó: “¿El ministro tiene que garantizar que esté bien foliado el expediente? Al ministro le llevan todo, cuando los funcionarios de la Secretaría veían una irregularidad, no se lo llevaban al ministro. Pero claro, es un Ministerio joven que creó a medida que se advertía la importancia de la contratación de publicidad. Hablamos de 3000 contratos por mes, medios, radios, televisión, diarios, ahora se agregaron las redes. El primero que observó esto fue el Tribunal de Cuentas que en 2014 le dice al ministro que tiene que fundar, no basta con señalar la normativa, todo en pos de mejorar. El ministro cambió hasta que modificaron la forma”, narró.
“Así llegamos a la certificación in situ. ¿Hasta dónde tenía que controlar el ministro? ¿Hasta dónde le extendemos la responsabilidad? Las fotos son ilustrativas y las empresas lo hacían por costumbre”, aseguró Velázquez. No es exacto decir que las empresas mandaban las fotos para certificar “por costumbre”. Tanto es así que hasta las propias empleadas de la Secretaría de Comunicación declararon en el juicio que ellas mismas exigían el envío de imágenes para completar los expedientes.
“¿Cómo iba a darse cuenta pedro Báez de las ilicitudes? Nadie le dijo nada hasta que el TdC le dio una recomendación y él se adaptó. A los funcionarios (Enrique) Carbó y (Rubén) Villaverde se los absolvió por un error de previsión inevitable”, pidió.
Por último, Velázquez solicitó que se levante embargo del 50 por ciento de la propiedad de calle Jozami, porque es copropiedad de Sofía Riquelme, cónyuge de Pedro Báez, y reclamó la nulidad de la sentencia condenatoria respecto de su representado.