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Mediante el Decreto Nº 409/2020, el Departamento Ejecutivo Municipal dispuso qué rubros que aún continúan sin poder reanudar su actividad o lo hacen de manera restringida, podrán mantenerse exentos del pago de la Tasa de Comercio para el cuarto y quinto bimestre o segundo semestre, según corresponda, del corriente año. La medida alcanza “especialmente a los alojamientos turísticos, que permanecen sin poder reanudar su actividad producto del contexto de aislamiento social” y también a “academias de danzas, centros de enseñanza artística o deportiva”, dieron a conocer.

En el primer caso, “cabe recordar que el beneficio viene siendo otorgado desde el segundo bimestre de este año”, mientras que en el caso de las academias de danzas, enseñanza artística o deportiva “no habían contado con la eximición de la tasa, aunque hasta el mes pasado no habían podido desarrollar sus actividades”. Actualmente, algunos han retomado las clases con restricciones y bajo protocolos sanitarios.

El decreto municipal fue girado por el Ejecutivo al Concejo Deliberante, ya que el mismo se establece ad referéndum de éste y por ello deberá ser sometido a votación y ratificado en todos sus términos, en la próxima sesión ordinaria del cuerpo.
Fuente: Municipalidad de Villa Elisa

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