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Acusado de cobrar doble sueldo, el presidente del Consejo de la Magistratura acudió a la Justicia para su descargo

Héctor Mauro Vazón.

El Ministerio Público Fiscal inició una investigación a partir de la denuncia del abogado de Paraná Emmanuel Berta Schroeder.

El descargo de Vazón
Héctor Mauro Vazón, abogado, presidente del Consejo de la Magistratura (CM) de la provincia realizó una presentación espontánea ante la Justicia en relación a la apertura de la causa que lo investiga por el presunto cobro de dos ingresos como presidente del CM y como contratado en el aquel organismo a nivel nacional, sin realizar el correspondiente trabajo en uno o ambos organismos.

En su presentación, Vazón adjuntó el link de la noticia que APFDigital publicó el jueves 8 informando de la apertura de causa dispuesta el 4 de julio por el fiscal de la Unidad de Investigación y Litigación de Paraná, Gonzalo Badano. El funcionario precisó que por aquella razón y “a fin de colaborar con la Justicia, vengo a presentarme espontáneamente a estar a derecho, imponerme de las actuaciones que se me siguen y proveer cualquier tipo de informe o documentación que sea requerida”.

Vazón añadió que “a tal efecto, y sin perjuicio de las investigaciones que se lleven adelante, manifiesto desde ya, que la situación del suscripto no resulta alcanzada por norma convencional, constitucional o legal alguna que implique delito de acción pública o privada, conflicto de intereses, incompatibilidad, inhabilidad o violación de normas éticas o profesionales”.

En aquella línea, el funcionario acompañó “copia simple del contrato de locación de servicios que rige mi vínculo con el Consejo de la Magistratura de la Nación y Decreto de designación como Presidente del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos”. También consignó que dejó “ofrecida prueba informativa a través de oficio al Consejo de la Magistratura de la Nación y Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos a fin de que remitan a la Fiscalía la documentación referida en el punto III” tratándose del contrato de servicio en la Nación y del decreto de designación como presidente del CM de la provincia.

Cargos en su contra
Se le imputó que como presidente del CM de Entre Ríos, “durante el período comprendido entre diciembre 2023 y julio de 2024 habría percibido ingresos como tal, y al mismo tiempo como contratado en el Consejo de la Magistratura de Nación, omitiendo la prestación en uno o ambos organismos ocasionando un perjuicio a la administración pública".

El fiscal dispuso una serie de medidas, entre las que se encuentra “librar oficio al CM Nacional a fin que informe si Héctor Mauro Vazón estuvo contratado, bajo cualquier tipo de modalidad, durante el período comprendido entre diciembre 2023 hasta la actualidad”. Asimismo señaló que “en caso afirmativo remita constancias de designación, firma de contrato y percepción de contraprestación”. El fiscal indicó que se informó que “conforme se ha indicado en la denuncia habría sido designado mediante resolución 4674/2022 en el expediente Nº 16-04190/2022”.
Contrato con Nación
Según la información que surge del contrato de servicio en el CM de la Nación, Vazón comenzó a prestar servicios, por Resolución del CM de la Nación Nº 4674/22, a partir del 22 de noviembre de 2022. Allí se estableció que “queda establecido que este contrato no genera una expectativa o derecho a prórroga en beneficio del/la contratado/a. La continuación en la prestación de servicios, una vez operado el vencimiento del contrato no importará en modo alguno su tácita reconducción, aun cuando las tareas fijadas excedan el plazo del presente contrato”.

También precisó “la remuneración total por todo concepto se ha convenido en 1.733.894,42 pesos que el contratante se compromete a abonar al contratado mensualmente del primero al quinto día hábil del mes subsiguiente a la iniciación del contrato, previa certificación de la prestación de los servicios programados, por parte del Consejero proponente”. Respecto de la finalización del contrato, se acordó que “cualquiera de las partes podrá rescindir este contrato aún sin expresión de causa, con una notificación fehaciente de 30 días como mínimo”.

Fuente: APFDigital