Así lo dispuso el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER) el 12 de febrero pasado. Los testimonios de niños, niñas y adolescentes en procesos de Familia serán recibidos conforme un Protocolo de Buenas Prácticas para la Escucha.
Este protocolo, que comenzará a aplicarse en todo el territorio provincial a partir de marzo, reconoce a los menores como sujetos de derecho y no como objetos de prueba. De acuerdo con el protocolo, “todo niño, niña o adolescente tiene capacidad para formar opinión y tiene derecho a expresarla libremente”, debiendo ser tenidos en cuenta su edad, género, etnia y condición personal.
Procesos de Familia
En estos casos, la recepción de testimonios se regirá por una serie de reglas y principios, resguardando la privacidad del menor y brindándole un trato digno y comprensivo, evitando indagar sobre aspectos reservados a su intimidad. También, se intentará que se perturbe su cotidianidad lo menos posible, para lo cual se efectuarán los ajustes que se estimen necesarios.Al ser citados a declarar, se les consignará que se trata de un derecho, pero que no están obligados a dar su testimonio. La citación será redactada en forma clara y sencilla, debiendo ser presentada en el domicilio en el que se encuentre residiendo.
La escucha a niños, niñas y adolescentes será ante un representante del Ministerio Público, su abogado/a o una persona de su confianza. Y en caso de que la Magistratura lo considere oportuno, también podrá incorporarse un integrante de los Equipos Técnicos Interdisciplinarios (ETI).
La audiencia tendrá un registro audiovisual y el sistema comenzará a grabar cuando niños, niñas y adolescentes brinden su consentimiento. Será después de que la Magistratura informe, en un lenguaje coloquial y sencillo, sobre el motivo de la convocatoria al Juzgado.
La audiencia podrá suspenderse cuando la Magistratura lo considere pertinente. Y previo a la finalización preguntará a niños, niñas y adolescentes sobre lo que quisieran “que pase en relación a los temas tratados, dando lugar a que expresen sus deseos en relación a los mismos y evacuando sus consultas al respecto”.
Según lo dispuesto los niños, niñas y adolescentes deberán permanecer el menor tiempo posible en los Tribunales, “concurriendo al sólo propósito de participar de la audiencia”. A tal fin el Protocolo estipuló un lapso máximo de 40 minutos.
Además se estableció la confidencialidad del material, que no podrá ser copiado ni remitido a otros organismos judiciales, con excepción de la Fiscalía con competencia penal “si del contenido surge la posible comisión de un delito perseguible de oficio”.
Fuente: APF Digital