La transparencia -atada a la austeridad- dio los primeros pasos con la baja de ocho designaciones en el seno de la Cámara de Diputados de la provincia. La más resonante fue la de Joaquín Bahl, el hijo del ex intendente de Paraná.
Luego de que trascendieran los problemas con la designación de Joaquín Bahl, también se evalúa la designación de otro hijo. Lo cierto es que Joaquín interpuso un amparo que aún no tiene resolución.
Los otros casos que también se judicializaron cuando el presidente de la Cámara de Diputados, Gustavo Hein, desestimó el nombramiento, fueron los de Darío Maximiliano Acevedo, Diego Gerardo Lascurain, Lía Jimena Solís, Juan Manuel Vidal, Rosana Godoy, Etelvina Silveira y Facundo Visosa. El motivo: no se desempeñaban en los cargos donde fueron designados.
La jueza de Ejecución de Pena, Cecilia Bértoira, desestimó las acciones al declararlas inadmisibles, según las resoluciones. Era de esperar. Deberá tramitar, entonces, en el Contencioso Administrativo, donde se abrirá un proceso de recolección de pruebas.
Hein declaró “ilegítimo y lesivo” el decreto 268 suscripto por el cual se anuló la designación del joven Bahl que se había realizado en diciembre de 2022 y que luego mereció posterior una recategorización del joven sin haberse presentado a trabajar.
El derecho adquirido, que es lo que se suele discutir en estas circunstancias, se sostiene en cuanto un trabajador o trabajadora haya cumplido más de un año en un cargo en planta permanente, es decir que su salario se lo puede rastrear en el Presupuesto. De ahí el temor de agentes estatales que lamentablemente cumplen funciones hace años, todos los días, y no tienen la estabilidad porque están a tiro de contratos de servicio.
Del otro lado del mostrador
El jueves 25 de junio de 2020, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) definió en una ajustada deliberación que terminó 5 a 4 en favor de la administración de Bahl, que había despedido trabajadores nombrados en la gestión anterior y decidieron interponer amparos.Los despedidos habían cumplido más de un año, plazo que fija la Constitución provincial para lograr la estabilidad, incluso superando la generosidad de la ordenanza 4220 que lo hace en 6 meses.
Bernardo Salduna, Emilio Castrillón, Daniel Carubia y Miguel Angel Giorgio fallaron en favor de los trabajadores.
Pero hubo un segundo fallo que firmaron Claudia Mizawak, Germán Carlomagno, Juan Ramón Smaldone y Susana Medina, que fue en favor de la Municipalidad de Paraná.
La nueva ley de procedimientos constitucionales que recién se ponía en vigencia implicaba que debía ser el pleno del STJ quien resolviera. Definió Martin Carbonell y dio vuelta la jurisprudencia.
El vocal entendió que la estabilidad de los peticionantes no estaba garantizada y no se afectaba ningún derecho porque los cargos que no fueron reconocidos por el gobierno de Bahl no se habían concursado.
La falta de concursos en el Estado es un viejo reclamo de los gremios estatales. En rigor de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE). El Régimen Jurídico Básico no consiguió que la política, en todas sus expresiones, apruebe la ley en 20 años. Sin marco regulatorio, los trabajadores disputaron la estabilidad en la Justicia.
Fuente: Página Política