En las últimas horas de este lunes, fueron promulgaron tres decretos municipales a partir de los cuales la ciudad de Concordia adhiere al Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio, autoriza reuniones familiares y permite llevar a cabo una serie de deportes individuales.
Según se detalla en el 653/2020, Concordia adhiere al Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio, establecido por el Gobierno Nacional hasta el 28 de junio.
En ese sentido, también se establece que el personal municipal que se encontraba en guardia pasiva, “podrá ser convocado a prestar servicio, en horario diurno y/o nocturno, en caso de resultar conveniente o necesario” por sus respectivas autoridades.
Además, se incorpora como servicio esencial a la Unidad Operativa Cementerio, dependientes de la Subsecretaria de Servicios Públicos.
Reuniones familiares
A través del decreto 654/2020, el intendente autoriza “las reuniones familiares, los días viernes, sábados domingos y feriados, hasta las 01:00 horas del día siguiente, con un máximo de diez (10) personas, que residan en la ciudad”.
Esto solo puede tener lugar “con estricto cumplimento” de las recomendaciones detalladas en el Artículo 2° del decreto, a detallar:
-Reuniones de características exclusivamente Familiar.
- No sociales.
- Días viernes, sábados, domingos y Feriados.
- Máximo de 10 Participantes.
Se recomienda no asistir a reuniones, ni recibir familiares en caso de:
- Presentar algún síntoma compatible con Covid-19, a saber: fiebre (37.5 Cº o más) y uno o más de los siguientes síntomas: tos, dolor de garganta, dificultad respiratoria, falta de olfato o gusto (anosmia/disgeusia).
- Que haya estado en los últimos 14 días en contacto con casos confirmados de COVID19; o tenga un antecedente de viaje internacional; o tenga un historial de viaje o residencia en nuestro país en zonas de transmisión local de COVID-19.
- Que sea considerado caso sospechoso o confirmado de COVID-19, o contacto estrecho de personas sospechosas.
- También se deben limitar las visitas de personas pertenecientes a grupos de riesgo, a menos que sea estrictamente necesario.
- Los grupos de riesgos que recomendamos inhibirse de reuniones están conformado por personas mayores de 65 años, embarazadas, personas de cualquier edad con enfermedades cardiacas, respiratorias crónicas, diabetes en tratamiento con fármaco, insuficiencia renal moderada, grave o crónica,
- enfermedades de la sangre, personas sin bazo, con enfermedades hepáticas graves, enfermedades neuromusculares graves, inmunosuprimidos, terapias contra el cáncer y la obesidad mórbida.
- Se sugiere que para las reuniones familiares se asista al domicilio de la población incluida en grupo de riesgo, (en el caso que sea inevitable su participación) evitando los riesgos devenidos del traslado.
- El traslado hacia el lugar de reunión debe acompañarse de los cuidados como evitar transporte público y usar elementos de protección personal.
- Se recomienda como número máximo 10 personas.
- Antes de ingresar a la vivienda, procurar la desinfección de la suela del calzado, usando un trapo de piso embebido en una solución de agua con lavandina.
- Mantener la distancia de seguridad. De no ser posible, podrá recurrirse al uso de tapabocas.
- Higiene de manos al llegar, al entrar en una vivienda lavarse bien las manos con agua y jabón. Podrá facilitarse en la entrada de la vivienda un dispenser con gel desinfectante.
- Cuidado con utensilios, evitar compartir tazas, vasos, platos o cubiertos. Sería conveniente utilizar servilletas desechables. Lavar y desinfectar los materiales utilizados no descartables. No compartir mate
- Mantén el teléfono móvil lejos. No apoyarlo en areas comunes de contacto, desinfectarse las manos luego de manipularlo.
- Evitar el contacto físico.
- Desinfectar el hogar tras la visita. Conviene ventilar la casa y desinfectar los lugares que se hubieran compartido durante la visita. Se debe limpiar en profundidad las superficies de mayor contacto como picaportes, grifos, interruptores, baños, etc.
- Alertar ante un familiar con síntomas.
Deportes individuales
Además, mediante el decreto 655/2020, se autoriza en la ciudad de Concordia, el desarrollo de las actividades físicas y/o deportivas en la franja horaria que va desde las 08:00 hasta las 19:00 horas, que se detallan a continuación:a) Tenis
b) Pádel
c) Pelota a Paleta
d) Badmington
e) Golf
f) Footgolf
g) Equitación
h) Tiro Deportivo
i) Tiro con Arco
j) Canotaje
k) Remo
l) Vela (Kitesurf- Windsurf- çoprtimist
m) Sup (Stan Up Paddle)
n) Natación en aguas abiertas (solo practicas en rio para entrenamiento)
o) Pesca Deportiva de costa.
Se aclara en el mismo sentido, que el desarrollo de las actividades físicas y/o deportivas permitidas, están supeditadas al cumplimiento de una serie de condiciones que se detallan en el propio decreto.
Fuente: El Entre Ríos