gestión azcué

Dictaron medidas cautelares contra la Municipalidad de Concordia, en favor de la exfuncionaria Petit

María de los Ángeles Petit.

Las medidas judiciales se dan en el marco del caso de violencia institucional y política denunciado por la exfuncionaria María de los Ángeles "Cielo" Petit.

El caso
La abogada y exfuncionaria de Enrique Cresto interpuso una denuncia por "violencia institucional y política" contra el Intendente Francisco Azcue, luego de que en el Boletín Oficial del martes 7 de enero saliera publicado un Edicto mediante el cual, el Municipio notifica e intíma a Petit "que informe en un plazo máximo de 5 días" qué gastos realizó con una Tarjeta Corporativa Municipal el día 27 de octubre del 2023. "Fui notificada en mi domicilio legal, contesté, me presenté y pedí información pero no me respondieron. O sea, hay un proceso administrativo en curso que ellos no responden, pero me citan por edictos con datos generales que hacen que parezca que cometí un delito de corrupción cuando no me han otorgado los elementos para aclarar si corresponde el gasto, que ya había sido aprobado por la Contaduría Municipal", explicó la letrada a Diario Junio.

El Edicto publicado en el Boletín Oficial N° 3485, que lleva las firmas del intendente Azcue y del secretario de Gobierno, Luciano Dell´Olio, indica que Petit tiene 5 días para «efectivizar las aclaraciones respecto del gasto realizado mediante Tarjeta Corporativa el día 27/10/2023 en el comercio individualizado PERUTI».

La Tarjeta Corporativa es una Tarjeta de Crédito o Débito a nombre de algunos funcionarios para que puedan realizar gastos vinculados a su función, una vez hayan sido aprobados por el contador de turno, y cuyo resumen es abonado por el Municipio. «Los gastos están limitados a combustible, alojamiento y comida, fuera del ejido de la ciudad de Concordia, cuando se viaja para realizar trámites, en un procedimiento más ágil que la solicitud y rendición de viáticos diarios como se hacía anteriormente», explicó la abogada quien además aclaró que “desde el 2022 que regresa Cresto a la intendencia hasta el final de la gestión, fui asesora ad honorem, y solo se me cubrían esos gastos, que eran ínfimos»

Allí mismo, notifican a la exDirectora Municipal de Educación de la gestión anterior, Lucia Menéndez, que «deberá proceder a la rendición del adelanto otorgado por Expediente N° 2116 «D» 2019 por un saldo de $49.500, cuyo último pago se registró el 06/09/2019″, y también al exfuncionario de Cresto, Max Clarik, «que deberá proceder a la rendición del adelanto otorgado por Expediente N° 279 «C» 2023 por un saldo de $1.000.000, cuyo último pago se registró el 28/08/2023″.

En cuanto a la situación de Petit, la letrada argumentó que «la rendición de esos gastos se aprobaron en el año 2023, el 29 de noviembre de 2024 nos mandan a todos una nota para identificar gastos y el 10 de diciembre de 2024 inicio un expediente y les digo que desconozco los gastos porque no tengo información para hacer el descargo, que pongan a disposición los comprobantes. Hace más de un año que esos gastos se produjeron y como las rendiciones se hacían a través de los gastos de tarjeta, no tengo comprobantes. Pero, nunca me contestaron»

Tras ello, aseguró que «el expediente está en Secretaria de Gobierno y ayer publican el edicto, como si yo fuera una corrupta que hubiera gastado en no sé qué cosa la tarjeta. Es decir, me hacen quedar como una corrupta y no se los voy a aceptar. No sé a qué gasto se refiere ni cuanto es el monto, porque fíjese que en los otros edictos si lo pusieron pero en el mío no, dejando a la interpretación de quien lo lee la cantidad, lo que abrió un montón de comentarios en contra de mi persona en las redes sociales.”

A modo de prueba, Petit presentó una documentación que demuestra «que yo estoy a derecho», e insistió: «La publicación en el boletín es justo un día después de que llegara el expediente mío a Gobierno. Lo hacen para molestarme y hostigarme ya que soy una persona pública, políticamente expuesta y en estos momentos, en que toda la sociedad nos mira, estas cosas dañan mi imagen. Además tengo juicios iniciados defendiendo a trabajadores despedidos y mujeres violentadas por funcionarios actuales y esto es un acto de amedrentamiento».
Fallo judicial contra la gestión Azcué
La jueza de feria Dra. Flavia Pasqualini estableció la prohibición de realizar actos molestos o intimidatorios hacia la denunciante por un plazo de 180 días y exhorta al municipio a garantizar su acceso a un expediente administrativo vinculado al conflicto. La denuncia radicada por Petit se centró en la difusión pública, a través del Boletín Oficial Municipal y redes sociales, de una intimación administrativa para justificar gastos relacionados a viáticos por su desempeño como funcionaria. Según el fallo, estas acciones constituyeron una vulneración de los derechos de la denunciante al exponerse innecesariamente su situación, lo que derivó en un "escarnio público" amplificado por la viralización en redes sociales y la repercusión mediática.

En su defensa, la Municipalidad argumentó que las notificaciones se realizaron conforme a la normativa administrativa vigente y que la publicación en el Boletín Oficial fue una medida justificable ante la falta de respuesta de la denunciante en sus visitas domiciliarias. Sin embargo, la jueza señaló que estas acciones resultaron improcedentes, ya que la denunciante había constituido domicilio legal y podía ser notificada por medios alternativos sin recurrir a la exposición pública.

El fallo se sustenta en la Ley Nacional 26.485 de Protección Integral contra la Violencia hacia las Mujeres, la cual tipifica diversas formas de violencia, incluidas la psicológica, simbólica y mediática, como también en las normas provinciales que regulan los procedimientos administrativos. Además, la jueza hizo referencia a los estándares internacionales de derechos humanos consagrados en la Convención de Belem do Pará y la CEDAW.

La resolución califica las acciones del municipio como una modalidad de violencia institucional y pública-política, destacando la falta de prudencia y lealtad profesional entre pares al exponer a Petit, quien también es abogada matriculada, de manera innecesaria e injustificada.

El fallo ordena a la Municipalidad de Concordia, a través de su presidente, secretarías y demás dependencias, abstenerse de realizar cualquier acto que implique intimidación o afecte el desarrollo profesional y laboral de la denunciante. Asimismo, se insta al municipio a garantizar el acceso de Petit al expediente administrativo en cuestión.

Fuente: Diario Junio