“No alcanzo a comprender de qué modo se llega a proponer a quienes ocuparon los puestos 6, 7 y 12 en el concurso 249 del Consejo de la Magistratura, postergando los primeros lugares”.
Quien esto afirma no es un ciudadano de a pie, que desconozca los vericuetos legales que sustentan el funcionamiento del Consejo de la Magistratura. Muy por el contrario, se trata de Catalina R. Moggia de Samitier, Doctora en Derecho, ex integrante de la Sala 2 de la Cámara Segunda (en lo Civil y Comercial) de la ciudad de Paraná, ex Consejera por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral en el Consejo de la Magistratura de la Provincia de Entre Ríos, Profesora de Derecho Civil III (Contratos) en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral y de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica Argentina, sede Paraná.
Le alcanzaron tres hojas a la doctora Moggia de Samitier para elevar considerablemente el debate respecto de las cuestionadas e impugnadas postulaciones derivadas del Concurso 249 del Consejo de la Magistratura, como asimismo para invitar a revisar consecuencias no ya de la perspectiva de género sino de lo que la exjueza califica como la “ideología de género”, a la que critica sin medias tintas.
El concurso 249 del que increíblemente han derivado postulaciones que marginan al primero y privilegian a quien quedó en duodécimo lugar, se convocó para cubrir “cargos en la Cámara que tuve el honor de integrar” cuenta Moggia, y por eso, admite, “he prestado especial atención”.
“Salvo alguna excepción que no recuerde -asegura-, el Poder Ejecutivo respetó siempre el orden de mérito designando a quienes había obtenido mayor puntaje.- Destaco que el propio Gobernador Bordet ante el V Congreso de Derecho Constitucional dijo que su gobierno siempre había sido respetuoso del orden de mérito fijado por el Consejo de la Magistratura”, recuerda.
Más adelante, Moggia de Samitier revela el impacto que le generó leer “la defensa de su postulación” efectuada por la doctora María Fernanda Miotti, la exconcejal de Villaguay que quedó en el lugar 12 tras el concurso y que aún así fue seleccionada. Sin vuelta, la exjueza dice: “Me parece impensable que se pueda alegar una situación de vulnerabilidad, dada su condición de mujer, que justifique alterar el orden de lista en base a una interpretación absurda de la legislación, que consagraría verdaderos e inaceptables privilegios”. Tajante, agrega: “Me niego a aceptar que una mujer con graduación universitaria pueda tener una minusvalía en razón de su sexo, que justifique la postergación de sus oponentes con mejores puntajes”.
Arremete contra la ley 10884, a la que califica como “absurda”, preguntándose “si un hombre que se autoperciba de manera no acorde a su sexo, ¿podría alegar la paridad que la ley consagra?”
“Me planteo incluso -continúa- una situación perfectamente posible, en que todos los primeros puestos fueran obtenidos por mujeres, y el puesto 12 o 17 por un hombre, ¿debería aplicarse también la ley de paridad de género? Para mí la respuesta es obvia. Entiendo que a los justiciables no les interesa el sexo de los designados sino su idoneidad para el cargo. Para determinar esa idoneidad nuestra Constitución ha establecido un sistema concursal especial ante un organismo autárquico específico como es el Consejo de la Magistratura”.
En un claro mensaje al gobernador Gustavo Bordet, Moggia de Samitier sostiene que una vez “elevadas las ternas por el Consejo de la Magistratura, para apartarse de las mismas el Ejecutivo carece de discrecionalidad y menos cuando no se la ha justificado. En este caso la omisión del primero y tercero en el orden de mérito no han sido fundadas, ni siquiera alegando la paridad de género”.
Por último, vuelve a criticar las consecuencias de la ideología de género. “Estas posturas, admitidas por nuestra ley provincial, que como ya he mencionado son el resultado de la ‘ideología’ de género, que en general se aplica sin mayor debate, conspira incluso contra aquellas a las que se pretende favorecer, considerándolas siempre como seres vulnerables que siempre deben ser protegidas, cuando en realidad muchas están en condiciones de competir en un pie de igualdad con el sexo opuesto. Destaco además que la denominada paridad de género estuvo pensada básicamente para cubrir cargos representativos, y no para cargos concursales y menos aún los realizados por ante un organismo constitucional que tiene reglas propias. Todo este escenario contribuye a desprestigiar al Consejo de la Magistratura, en lugar de consolidarlo como institución garante de la independencia e idoneidad de nuestros jueces”, concluye.
Fuente: El Entre Ríos