Corrupción

Erro, inhabilitado de por vida para ejercer cargos públicos

Revelaron hoy el texto completo del fallo judicial contra el ex intendente de Gualeguay. Así se supo que el Tribunal de Juicio lo inhabilitó en forma "absoluta y perpetua". Lo condenaron por peculado.

El Tribunal de Juicio de Gualeguay dio a conocer el texto completo de la Sentencia por la cual condenó a Luis Alberto Erro y Alfredo Domingo Dellagiustina al declararlos coautores, materiales y penalmente responsables del delito de Peculado.

El Tribunal estuvo integrado por los doctores María Angélica Pivas, quien actuó como Presidenta de Causa, R. Javier Cadenas y Sebastian Gallino que dio a conocer el texto completo de la Sentencia, a la que arribaron por unanimidad, en la Causa caratulada "Erro Luis Alberto – Dellagiustina Alfredo Domingo – Peculado de Servicios".

En el Debate actuaron por el Ministerio Público Fiscal los doctores Lisandro Beherán e Ignacio Boris Telenta y los imputados Luis Alberto Erro, asistido con sus defensores técnicos doctores Miguel Angel Cullen y Guillermo Vartorelli; y Alfredo Domingo Dellagiustina defendido por los Dres. Julio Federik y Leopoldo Lambruschini.

En la Requisitoria Fiscal de Elevación de la Causa a Juicio se les atribuyó a los enjuiciados la comisión del siguiente hecho: "Al imputado Erro se le endilga que en su carácter de Presidente Municipal ha solicitado en fecha 17/04/09 un servicio de energía eléctrica utilizando para la prestación del servicio, la instalación de un medidor NIS 7324345 y distribuidor de energía eléctrica cuyo uso corresponde exclusivamente a la Municipalidad local y cuya administración ejerce conjuntamente con el incurso Dellagiustina, solicitando la instalación de dicho medidor en una dependencia municipal y posteriormente siendo instalado el mismo en un inmueble ubicado en calle Alem N° 07 de ésta ciudad, inmueble éste donde a la postre terminó funcionando el local partidario del Frente para la Victoria por lo que dicho medidor ha sido sustraído de la esfera de la administración pública y utilizado para fines privados, solicitando incluso que la instalación del medidor sea cobrada en la primer prestación del servicio a la Municipalidad de Gualeguay".

Por su parte, al incurso Dellagiustina se le endilga: "que en su carácter de Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planificación de la Municipalidad de Gualeguay en fecha 17/04/2009 ha solicitado un alta de servicio de energía eléctrica utilizando un medidor NIS 7324345 cuyo uso corresponde exclusivamente a la Municipalidad local cuya administración ejerce juntamente con el Dr. Erro, solicitando el alta del servicio de energía eléctrica en calle Alem Nº 07 de ésta ciudad, apartando de ésta manera de la esfera pública a dicho objeto, pues en el inmueble donde fue instalado el medidor terminó funcionando un local partidario del Frente para la Victoria, solicitando el encartado que la instalación del medidor sea cobrada en la primer prestación del servicio, el cual debía ser cobrado en la Municipalidad de Gualeguay".

La Sentencia del Tribunal, a la cual arribó por unanimidad, declaró a Luis Alberto Erro coautor, material y penalmente responsable del delito de Peculado, imponiéndole la pena de dos años y tres meses de prisión en forma de ejecución condicional, e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.

En febrero, Bordet había designado a Erro como coordinador de Políticas de Gobierno.

Declaró, asimismo, a Alfredo Domingo Dellagiustina coautor, material y penalmente responsables del delito de Peculado, imponiéndole la pena de dos años de prisión en forma de ejecución condicional e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.

Fuente: Servicio de Información y Comunicación del STJ