Flexibilización

Estas son las nuevas prácticas de actividades físicas y deportivas autorizadas en Entre Ríos

Mediante el Decreto Nº 1160, el gobierno provincial liberó una serie de actividades “individuales y/o con bajo número de participantes, sin contacto e incluso en espacios cerrados y solo para entrenamientos”, en el contexto de la emergencia sanitaria por la pandemia del Covid-19.

Ellas son: “bochas, tenis de mesa, ajedrez, atletismo, patín artístico y carrera, motociclismo y automovilismo, beach vóley, pádel (en cancha cerrada), pelota paleta (en cancha cerrada), natación y esgrima”, cuyas habilitaciones estarán a cargo de los respectivos municipios y tras la aprobación de sus correspondientes protocolos.

Para ello, “se estableció que los establecimientos que se utilicen para el desarrollo de las actividades mencionadas, deberán contar con la autorización municipal o comunal y el respectivo protocolo de seguridad sanitaria aprobado por la autoridad local pertinente”, indicaron al hacer oficial esta nueva flexibilización.

Marco legal
La habilitación de esta nueva tanda de actividades físicas y deportivas “está supeditada al cumplimiento de las previsiones contenidas en los artículos 5º y 7º del DNU Nº 605/2020 del Poder Ejecutivo Nacional”, recordaron desde el gobierno de Entre Ríos.

También, se facultó al Comité de Organización de Emergencia de Salud “a suspender las habilitaciones conferidas por los municipios o comunas por acto debidamente fundado en razones sanitarias”, ante una eventual propagación del coronavirus.

La nueva norma también aprueba “pautas mínimas exigibles que deberán ser fiscalizadas por las autoridades locales para el desarrollo de las actividades”, mencionando “medidas y recomendaciones generales en referencia al uso del tapabocas, higiene, distanciamiento, objetos de uso personal, desinfecciones, horarios y lugares”, entre otras.
Prohibición a grupos de riesgo
En el flamante decreto provincial, “queda prohibido para los mayores de 60 años, la realización de estas actividades por tratarse de grupo de riesgo, como así también para aquellos que presenten antecedentes por afecciones respiratorias, cardíacas o de otra índole que generen un riesgo adicional ante un contagio” de Covid-19. Estos últimos “deberán presentar un certificado de aptitud física, firmado por un profesional de la medicina, en caso de querer desarrollar la actividad”.

Fuente: El Entre Ríos / Gobierno de Entre Ríos