La Justicia absolvió de culpa y cargo a Eduardo Prestofelippo, alias «El Presto» en el juicio que le había iniciado el exintendente de Paraná, Adán Bahl, por instigación a cometer delitos. La denuncia fue presentada el 2 de mayo de 2020 luego de que «El Presto» difundiera un video en la red social YouTube en la que instó a ir a quemar la vivienda particular del exjefe comunal como reacción a la caída de contratos laborales en la Municipalidad.
El juez de juicio Santiago Brugo, a cargo del proceso, entendió que se trató más de «un editorial de carácter político» que de una acción delictiva. Y recordó que «El Presto» ya se había referido antes a Bahl y lo había calificado como «hijo de mil puta, que había que darle patadas en el culo».
El magistrado habló de la vehemencia del video pero en modo alguno se haya cometido un delito, como el denunciado.
.El juez Brugo dijo que «se tiene por acreditado la existencia material del video y la difusión del mismo. En concreto, se comprobó que Eduardo Prestofelipo el 2s de mayo de 2020, mediante la red social YouTube, pidió a los trabajadores municipales que vayan a la casa del exintendente Adán Bahl y le prendan fuego con la familia adentro».
Pero enseguida reprochó que «la defensa no ha podido acreditar el pedido de disculpas a días de haber dicho que fueran a prender fuego a la casa de Bahl. Ese video no fue ofrecido como prueba. Las únicas disculpas de Prestofelippo fue las que dio al momento de prestar declaración de imputado».
Respecto del Ministerio Público Fiscal dijo que «como responsable de la carga probatoria. no pudo acreditar» el domicilio d Bahl ni del Sindicato de Trabajadores Municipales; tampoco «se ha acreditado que terceras personas hayan concurrido al domicilio de Bahl luego del 2 de mayo, cuando se presentó la denuncia. No se acreditó que haya concurrido alguien a la casa del denunciante el 7 de mayo de 2020».
«Se podría haber acreditado con las imágenes del denunciante. o de los funcionarios que custodiaban las 24 horas en el inmueble de Bahl», planteó Brugo y señaló que el exintendente tenía custodia permanente las 24 horas por parte de dos funcionarios policiales. Sólo quedó acreditado que el 23 de abril fueron cuatro personas a la vivienda particular del exintendente a efectuar un reclamo y por eso se reforzó la presencia policial.
«No se registró ningún incidente más después del 23 de abril en la casa de Bahl», analizó el magistrado. Y que «este fue el único episodio aislado que se acreditó a lo largo del debate». Señaló Brugo que «tampoco se ha acreditado» el temor de la familia de Bahl. Tampoco quién era la familia de Bahl, quiénes eran sus hijos, cuántos años tienen, cuántos son. Y que no fueron ofrecidos como testigos en el juicio
En el análisis del proceso, Brugo señaló que la encargada de Prensa de la Comuna, Camila Farías, que fue quien puso al corriente a Bahl de la existencia del video de «El Presto», no fue citada a declarar en el juicio.
Admitió que «El Presto» es un «periodista transgresor» y que utiliza un lenguaje «cínico» pero en modo alguno encontró la comisión de un delito en su video.
Fuente: Entre Ríos Ahora