Mediante el decreto municipal Nº 784/20, Gualeguay dispuso la prohibición de realizar reuniones familiares y sociales. Estableció, además, una multa de $50 mil pesos, que se aplicará al dueño del lugar así como también a los asistentes.
Cabe recordar que el pasado sábado 24 la ciudad fue declarada por el Ministerio de Salud como zona de transmisión comunitaria sostenida de Covid. Es la tercera localidad entrerriana, después de Paraná y Gualeguaychú, con circulación del virus.
La normativa establece la prohibición de realizar reuniones familiares y sociales, de personas no convivientes.
Dispone también una sanción de multa de $50 mil pesos, que “se aplicará contra todos y cada uno de los individuos que revistan la calidad de asistentes a la reunión y cuya presencia se constatare en el lugar y contra el/los titular/es dominial/es del inmueble dentro del cual se constatare la realización de la reunión objeto del presente régimen”.
Aclara que “en aquellos casos en que el asistente sea menor de edad, la sanción recaerá en contra de quien y/o quienes ejerzan la responsabilidad parental, tutela o guarda del mismo”.
Respecto al destino de los fondos, la norma dispone que “todo importe percibido a consecuencia del presente régimen será destinado en un 70% al Hospital San Antonio de esta ciudad y el 30% restante a la Jefatura Departamental de Policía de Gualeguay”.
Fuente: APF Digital