Concordia

La Justicia anuló una resolución que había frenado desalojos en un asentamiento de Pampa Soler

Este viernes, la Sala Civil y Comercial 2 de Concordia emitió un fallo de alto impacto, al hacer caer una resolución judicial previa que había impedido la ejecución de un desalojo de terrenos usurpados.

En los últimos años, han sido frecuentes los conflictos que se han suscitado cuando propietarios reclamaron ante la Justicia recuperar los predios usurpados. La ejecución de los desalojos ordenados por la propia Justicia cobró notoriedad en los medios por los reclamos de las familias a punto de ser desalojadas, muchas de las cuales llevaban años viviendo allí.

La causa en la que se expidió este viernes la Sala Civil y Comercial 2 de Concordia se refiere a terrenos ocupados por un asentamiento Pampa Soler. En su momento, la Justicia había ordenado el desalojo, pero luego dio marcha atrás con el argumento de que el lugar estaba incluido en los denominados Barrios Populares y, en consecuencia, protegido por ley.

Los vocales Héctor Rubén Galimberti y Flavio Valerio Frabotta, de la Sala Civil y Comercial 2, encontraron inadmisible semejante contradicción de un mismo juez, que primero ordenó el desalojo y luego lo impidió. “La resolución motivo de críticas, posterior a la sentencia dictada por el mismo juzgador que ordenó el desalojo del inmueble objeto de la acción origen de estos actuados, importó una conducta prohibida por el sistema legal argentino: "...siendo inadmisible la contradicción con una conducta jurídicamente relevante, previa y propia del mismo sujeto", señalan los magistrados.

Los jueces coincidieron con los argumentos del Dr. Enrique Oscar Bacigalupe, abogado de los propietarios, al cuestionar con severidad la carencia total de fundamentación de la resolución judicial que frenó los desalojos, sin “referencias fácticas y legales específicas”. Lo consideraron un “pronunciamiento inoportuno y desconectado con sus antecedentes”.

“Un particular o el Estado -expuso Bacigaluppe en la apelación- para suspender un desalojo debe tener una norma que lo ampare, y si esa norma existe, pero no ampara al inmueble objeto de la litis, es evidente que nadie tiene ni puede impedir un desalojo que viene tramitando hace casi 10 años frente al mismo Juzgado que hoy advierte lo que ya se había discutido y rechazado".

El letrado expuso que el asentamiento no está formalmente incluido en la categoría de Barrios Populares y, por ende, no goza de ninguna protección especial que impida el desalojo. Los vocales coincidieron con el planteo.

“La real gravedad de la situación -sostuvo Bacigaluppe- se da para los propietarios que no siendo Barrio Popular, no encontrándose amparado por ley alguna el inmueble y no estando sujeto a expropiación se le impide ejercer el derecho de propiedad y ni siquiera se habla de la indemnización previa pese se configura a todas luces una toma de posesión por el Estado, al ratificar el estado de ocupación ilegal”.

En la parte resolutiva de su sentencia, la Sala Civil y Comercial 2 ordena “ADMITIR el recurso interpuesto por la parte actora y, por ende, dejar sin efecto el resolutivo atacado a fin de que el Juzgado de origen dicte uno nuevo”. O sea, dio la razón a los dueños, anuló el impedimento de desalojo y le pidió al juzgado que intervino en el conflicto que vuelve a expedirse.

Fuente: El Entre Ríos