En el Boletín Oficial de la Nación, edición de este viernes 14 de febrero, fue publicada la Resolución 107/2025, emanada del Ministerio de Economía que comanda Luis Caputo, declarando el “estado de emergencia y/o desastre agropecuario” para dos zonas de la provincia de Entre Ríos, que se vieron afectadas por fuertes granizadas ocurridas el 24 de septiembre de 2024.
En el artículo 1 se da por declarado el estado de emergencia y/o desastre agropecuario “desde el 1° de octubre de 2024 y hasta el 30 de septiembre de 2025, a las explotaciones citrícolas afectadas por granizo, en el distrito Mandisoví del departamento Federación”.
Y en el segundo artículo de la resolución firmada por Luis Caputo, se declara también el “estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 1° de octubre de 2024 y hasta el 31 de marzo de 2025, a las explotaciones de trigo y hortícolas afectadas por granizo en el distrito Estacas del departamento La Paz”.
En los considerandos, la resolución del Ministerio de Economía de la Nación cita el decreto provincial 3344, del 12 de noviembre de 2024, mediante el cual el gobierno de Rogelio Frigerio había declarado la emergencia para ambas zonas, y menciona que su contenido fue presentado ante la sesión de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios del 17 de diciembre de 2024.
La resolución nacional fija “el 30 de septiembre de 2025 y el 31 de marzo de 2025” como las fechas de “finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas de las áreas declaradas en los artículos 1º y 2°.
Determina que “a los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la ley 26.509 y sus modificatorias, “los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo.
También estipula que “el Gobierno Provincial remitirá a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente”.
Por último, establece que “las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ente autárquico en el ámbito del Ministerio de Economía, arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en la presente resolución gocen de los beneficios previstos en los artículos 22 y 23 de la ley 26.509 y sus modificatorias”.
La ley a la que remite la resolución, la 26.509, data del año 2009 y regula el denominado “SISTEMA NACIONAL PARA LA PREVENCION Y MITIGACION DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS”, con el objetivo de “prevenir y/o mitigar los daños causados por factores climáticos, meteorológicos, telúricos, biológicos o físicos, que afecten significativamente la producción y/o la capacidad de producción agropecuaria, poniendo en riesgo de continuidad a las explotaciones familiares o empresariales, afectando directa o indirectamente a las comunidades rurales”.
Fuente: El Entre Ríos