judiciales

Pedirán revocar el sobreseimiento al exdiputado Troncoso en la causa de los contratos truchos de la Legislatura

En la Justicia se discutirá una resolución que benefició con el sobreseimiento al exdiputado radical Ricardo Troncoso, imputado de peculado en una causa por contratos truchos en la Legislatura -paralela a la causa madre que ahora la Corte Suprema de Justicia de la Nación define competencia-.

El 20 de mayo, la jueza de Garantías de Paraná, Paola Firpo, dispuso el sobreseimiento del exlegislador y exintendente de Macía por entender que vencieron los plazos para que la Fiscalía investigue.

La jueza aplicó un fallo de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia del 6 de diciembre de 2021 que dictó el sobreseimiento del colaborador de Troncoso, Juan Blasón Lorenzatto. Al igual que en el caso de este último, la magistrada consideró que la Fiscalía no pidió prórroga en la investigación, tal como lo establece el artículo 223 del Código Procesal Penal, y que por ello deviene en la insubsistencia de la potestad para continuar con la investigación.

Inmediatamente, la fiscal de la causa Paola Farinó recurrió la decisión y ahora se supo que este martes por la mañana se realizará la audiencia de apelación ante el vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones Gustavo Pimentel.

Troncoso estaba imputado por el delito de peculado en una causa en la que se investigan presuntos contratos truchos que salieron a la luz en 2018 a raíz de la denuncia de un exempleado. En el proceso es defendido por el abogado Hugo Gemelli, quien pedirá la confirmación del fallo de primera instancia.

«El artículo 223 del Código Procesal Penal es muy claro: establece 3 meses para la investigación y que en el supuesto caso de que la investigación sea complicada, el fiscal puede pedir una prórroga por tres meses más y si la causa amerita, puede pedir hasta un año y dos meses más. Esto bajo el principio de defensa de los imputados. Todo imputado no puede estar indefinidamente en un estado de sospecha», señaló Gemelli.

Por su parte, la fiscal Farinó aseguró que «la resolución resulta arbitraria en términos de la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por cuanto realiza un análisis irrazonable de la letra de la norma procesal del artículo 223 y los actos procesales que concurrieron en su consecuencia, generando un efecto extensivo de un fallo que impusiera el sobreseimiento de Blasón Lorenzatto que no se encuentra firme, estando pendiente un recurso de queja ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia».

También dijo que la jueza de Garantías desconoció «lo señalado por nuestra Corte en cuanto al deber de tribunales inferiores de seguir las directrices de la misma y que, en caso de apartarse, dar debido fundamento a ello. Entendemos que la resolución no ha dado fundamento cabal a todo el argumento pormenorizado que ha dado el Ministerio Público Fiscal el 11 de febrero, en el cual se contestó cada una de las cuestiones con las cuales esta fiscalía entendía que no correspondía la solicitud de sobreseimiento y que entendemos que no han sido contestadas en la presente resolución. Solo se contestó los planteos defensivos».

Detalles de la causa
El principal acusado del expediente es el radical que entre 2015 y 2019 conformó un bloque unipersonal llamado Recuperación Radical. El expediente se abrió en septiembre de 2018 cuando Carlos Cozzi, exempleado del diputado, denunció que el legislador se quedaba con el 70% de su salario. El caso fue contado en el programa televisivo Cuestión de Fondo, que se emite por Canal 9.

En tanto, Blasón Lorenzatto fue contratado del exdiputado radical Fuad Sosa y colaboró por pedido de éste con el legislador y exintendente de Maciá. Actualmente, se desempeña como escribiente provisorio en el Juzgado Civil y Comercial N° 2 de Nogoyá.

En el expediente, la fiscal Farinó acusa a Troncoso y Blasón Lorenzzatto de haber sustraído fondos públicos “mediante la suscripción de contratos de obra con el mero objeto de retener para sí, en todo o en parte, el monto que se estipulaba en los mismos en concepto de honorarios o bien, para que las personas contratadas prestaran un servicio personal para Troncoso”.

Si bien ambos acusados lograron ser sobreseídos, las resoluciones que los beneficiaron siguen siendo discutidas en los Tribunales.

Fuente: Entre Ríos Ahora