Entrevista

Perotti y los contratos en la legislatura: “La impresión es que es un coto de caza donde solo entran algunos privilegiados”

El ex vocal de la Cámara de Casación Penal de Paraná e integrante de la ONG “Entre Ríos Sin Corrupción”, Hugo Perotti, se refirió en el programa de televisión “Cuestión de Fondo” (Canal 9, Litoral) sobre el reclamo que se le formuló a la Legislatura de la provincia para que informe sobre los empleados permanentes, los contratados y los subsidios. Y que se logró parcial y de manera incompleta, luego de un contundente fallo de la Justicia para el acceso a la información pública.

Hasta el momento solo respondió –de manera parcial- la Cámara de Diputados y resta saber qué actitud adoptará la Cámara de Senadores.

Al respecto, Perotti fue contundente al señalar que lo sorprendieron todas estas conductas ajenas a la transparencia: “Con cuatro sentencias condenatorias, digo condenatorias en un sentido amplio, cuatro sentencias en contra, la Legislatura no quiso responder de inmediato. La Cámara de Diputados esperó hasta el último día ante el cumplimiento de los plazos y Senadores, hasta que yo sepa, no se ha pronunciado aún. Lo cual quiere decir que estaría casi en un incumplimiento en la sentencia judicial”, indicó.

Luego aclaró que todavía no leyó en profundidad lo publicado por Diputados, pero destacó que “la primera impresión que uno tiene es que eso es un coto de caza, ¿no? Donde solamente entran algunos privilegiados y a ese coto de caza pueden ingresar los que solamente ellos quieren”.

También se refirió a otras demoras, en este caso del Poder Judicial y abordó lo que está sucediendo con la causa llamada ATER y la presentada por la ONG “Entre Ríos Sin Corrupción”, que promovió una acción de inconstitucionalidad contra la nueva ley del Consejo de la Magistratura.

-Le sorprendió la demora y la resistencia que hubo en la legislatura para acatar el fallo de la Justicia que los obliga a ser más transparentes.

-Sí, y mucho me sorprendió. Haciendo un pequeño racconto, no olvidemos que fue en mayo del corriente año en que la ONG “Entre Ríos sin Corrupción” pidió ese informe. Informe que ya debería haber sido contestado porque era claro la petición y claro el reclamo de esta petición que se hacía fundado en normas constitucionales. La primera sorpresa fue esa, que no se ha respondido un pedido de información pública porque no se estaba pidiendo más que informes sobre el destino de los fondos de ciudadanos, no otra cosa. Se estaba pidiendo más que contratos de obra, los nombres de los asesores, las locaciones de obras y servicios, los subsidios, etcétera. Nada secreto, nada oculto. Llamó la atención en ese primer momento. Eso llevó a la ONG a que, a fines de julio, presenten sendos amparos. Hago una pequeña aclaración: si bien las dos Cámaras (Diputados y Senadores) son dos entes, dos organismos separados, por lo tanto, cada acción y cada sentencia corren de forma paralela; pero, visto desde el punto de vista del ciudadano, de cualquiera de nosotros, lo que tengo que pensar es que la Legislatura de la provincia de Entre Ríos recibió dos acciones de amparo. Se contestó negando el acceso a la información. Porque si no, no habría llegado las causas a sentencias. Se dictaron sendas sentencias, es decir, hubo dos sentencias en contra de la Legislatura, Cámara de Diputados, Cámara de Senadores. Esta sentencia de primera instancia, que me gustaría en algún momento volver a hablar sobre el valor epistémico que tiene la sentencia de los jueces de primera instancia, parecería que en este país eso no vale, la sentencia de los jueces de primera instancia no vale. Es como un pasar, nada más. Un pasar, un formalismo hasta que llega a conocimiento de quien tiene el aparente poder que es el Superior Tribunal o la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Pero, digo, estas sendas sentencias fueron incumplidas también por la Legislatura. Esto se presentaba en sendos recursos y el Superior Tribunal -ya lo dijo- lo adelantó, emitió sendos pronunciamientos en las sentencias ratificando las sentencias. Y, aun así, con cuatro sentencias condenatorias, digo condenatorias en un sentido amplio, cuatro sentencias en contra, la Legislatura no quiso responder de inmediato. La Cámara de Diputados esperó hasta el último día ante el cumplimiento de los plazos y Senadores, hasta que yo sepa, no se ha pronunciado aún. Lo cual quiere decir que estaría casi en un incumplimiento en la sentencia judicial.

- ¿Cuántos días tiene el Senado para cumplir?

-Si mal no lo recuerdo, 15 días desde que fueron notificados. No soy muy preciso en esto, pero me parece que el plazo venció ayer o vencía hoy. Tal vez vencía hoy.

- ¿Cero horas?

-Sí.

-O sea que mañana tenía que estar informado esto.

-Debería estar.

- ¿Vio la respuesta de la Cámara de Diputados?

-Todavía no. De eso se están encargando otras personas de la ONG. Ya lo voy a hacer.

-Igual le preguntamos porque hubo cosas que no se respondieron. Nos sorprende por qué no se responde, por qué no se dice de cuánto es cada contrato. Si por ahí no quieren decir, no quieren precisar que tal persona gana tanta plata; por lo menos que digan que hay una escala salarial o desde tal monto hasta tal monto. Por lo menos que digan eso mínimo. Tampoco informaron de los montos de los subsidios. O sea, da la sensación como que informaron, pero en un 60-70%.

-Sí, le soy sincero, todavía no he leído, salvo cosas así por arriba, superficiales, pero todavía no me he interiorizado del informe. Bueno, estuve preparando las clases de la facultad y todavía no he podido leer con profundidad, pero ya lo atengo en estos días.

-Pero no le sorprende…

-No.

- ¿Por qué tanta resistencia?

-Es incomprensible.

-Hoy el televidente tal vez encuentra respuesta a lo que le hemos contado en todo este tiempo y en el análisis que hicimos en estos días sobre cada uno de los contratos. Verá familias enteras, ex-legisladores, ex-intendentes, a familias enteras.

-Sí, sí. La primera impresión que uno tiene es que eso es un coto de caza, ¿no? Donde solamente entran algunos privilegiados y a ese coto de caza se pueden ingresar los que solamente ellos quieren. Pero, no quiero profundizar el tema porque –repito- todavía no me he interiorizado o no lo je leído en profundidad; pero sí, nos vamos a encontrar con sorpresa, seguramente.

Otras demoras, otros Poderes
-Usted en una ocasión hizo manifestaciones sobre la razonabilidad de los plazos procesales. La ONG Entre Ríos Sin Corrupción, con el patrocinio del ex convencional constituyente Juan Carlos Arralde, promovió una acción de inconstitucionalidad contra la nueva ley del Consejo de la Magistratura. Fue en el 2022. ¿Sabe usted en qué situación está este tema? Porque ya pasó un año y medio de la presentación.

-Mire, hay dos acciones que corren en forma paralela y tienen un mismo objeto. Una fue la que promovió un fiscal de Concordia, de apellido (Luis Emiliano) Arias, y la otra la promovió la “ONG Entre Ríos Sin Corrupción”. Yo todavía no me había adherido a esta ONG. Soy prácticamente nuevo, hace dos meses que estoy en la ONG. Pero, sí conozco más o menos de qué se trata. La segunda acción, que es la de la ONG, es de marzo-abril del 2023. O sea, ya lleva un año y medio. Tenemos entendido, porque esos son pasos que no se conocen, los pasos internos dentro del Superior Tribunal de Justicia, no se conocen, uno no tiene acceso, pero tenemos entendido que está a despacho de alguno de los vocales. El trámite normal es que esa causa cuando entra, ingresa al despacho para dictar sentencia, que lo está. Ingresa y pasa por cada uno de los nueve despachos. O sea, cada uno de los nueve vocales.

- ¿No es que se fueron recusados y apartados todos los vocales del Superior?

-Sí, sí. Estoy hablando de los vocales que finalmente... Van quedando.

-Hace más de diez meses tenemos entendido que entró a votación.

-Sí, sí. No recuerdo la fecha, pero sí hace bastante. Lo que sabemos es que, en un momento dado, como hace muy poco tiempo, salió despacho para que exista un informe de Secretaría acerca del conocimiento de la otra causa que tiene el mismo objeto. Vaya a saber con qué fin, si es de acumularla, acumular ambas pretensiones o no; o tomar conocimiento sencillamente de qué se está tratando la otra; que, repito, tiene el mismo objeto. El objeto de ambas acciones es declarar la inconstitucionalidad la nueva ley del Consejo de la Magistratura, porque entendemos, entendían los colegas, que afecta ciertas cláusulas de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos.

- ¿Usted estuvo en muchos casos por delitos de corrupción?

-Sí.

- ¿Tiene un número de cuánto juicio participó?

-No, no. La verdad que estoy reseteando mi mente con respecto a casos judiciales.

-A partir de su experiencia. ¿Le cuesta mucho al dirigente condenado por un delito de corrupción tomar realmente conciencia del proceso que enfrentó? Es como que sigue la vida normalmente y pueden ingresar en otra instancia de irregularidades o en otra denuncia de un momento a otro. ¿Por qué pasa eso?

-No lo sé. Esto sería materia para un criminólogo, en realidad no para un jurista de Derecho Procesal Penal, sino para un criminólogo que lo ve de otro enfoque. Pero, su pregunta me hace pensar ahora que también los casos, con la enorme diferencia que hay en el ejemplo que le voy a dar, pero también los casos de abusos sexuales, el violador, el abusador, no toma conciencia del delito que ha cometido. Es un problema criminológico que habría que estudiar seriamente. Pero, efectivamente, como ustedes dicen, parecería que el robarle al Estado no parecería que sea un delito, en todo caso, menor. Cuando en realidad, desde (Edwin) Sutherland (1883-1950, sociólogo estadounidense que se destacó en el campo de la criminología por sus teorías sobre el delito y la asociación diferencial) en adelante, estos delitos son los famosos delitos de “cuello blanco”, que deberían tener, merecer una mayor atención, control y represión, en el buen sentido de la palabra, por parte del Estado. Porque realmente los delitos de corrupción socavan las bases democráticas republicanas de la Nación.

-Y a su entender, el Superior Tribunal de Justicia, y en especial la Sala Penal del Superior, ¿cómo ha visto que ha jugado con respecto al tema de corrupción?

-Mire, yo creo que en general, tendríamos que hacer una pequeña investigación, un resumen de casos. Pero, me parece que la gran mayoría, la casi totalidad de los casos, las condenas han sido confirmadas. Tendríamos que hacer un trabajo de investigación, no me costaría mucho hacerlo, y creo que es interesante hacerlo de aquí en más. Se podría analizar, salvo el caso Cozzi, que llamó la atención por la solución en la que arribó la Sala Penal. Pero, después, los casos que yo he estado, el caso Alanís, el caso Taleb, el caso Barreiro, el famoso Jardinero K, fueron confirmados.

-Lo de Cozzi nos parece que fue un llamado a atención grave para el sistema, para los fiscales, porque, encima se dictó después de la destitución de la ex fiscal Anticorrupción Cecilia Goyeneche. Es como que con el caso Cozzi dijeron “hasta aquí llegaron”, no hay más investigaciones.

-El caso Cozzi está en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Y creo, voy a hacer un vaticinio, una presunción, que puede llegar a ser anulado por la Corte Suprema, porque la Corte ya se ha expedido en los casos “Price”, de 2021, y el caso “Seccional Cuartas sobre investigación”, de agosto del 2024, hace un par de meses, anulando sentencias en igual sentido que la abordada por el Superior Tribunal en el caso Cozzi. Así que creo que esa causa va a tener otro resultado. No obstante, Cozzi no se ha repetido en muchos casos. La misma Sala Penal, con la misma integración, ha resuelto el caso Torres, el caso Ullmann, en forma diferente a Cozzi. De modo que el impacto en la primera instancia no ha sido de la magnitud de la que se cree.
Demora de la Justicia en resolver casos
- ¿Le preocupa que la Corte Suprema demore tanto para resolver el caso de Cecilia Goyeneche?

-Me preocupa que la Corte Suprema resuelva tardíamente todos los casos que tiene en su haber. Está bien, se dice que hay un número alarmante de casos en la Corte Suprema, lo cual nos tendría que llevar a pensar si el sistema que tiene la República Argentina, el sistema recursivo, es bueno o hay que reformarlo. Yo creo que no puede ser que lleguen tantos casos a la Corte, como también al Superior Tribunal de Justicia. Es decir, yo creo que el recurso extraordinario es un recurso excepcional, su propio nombre lo dice. Y nosotros, como hablamos hoy al principio, parecería que la sentencia en primera instancia no se tiene en cuenta y que el recurso es algo que viene dado, que viene porque sí. Entonces, llenamos a los tribunales superiores de casos cuando eso no debería ser. Y eso implica una demora en la resolución. Eso aunado a una cuestión que yo también la he dicho públicamente en más de una oportunidad, se dice que los plazos son perentorios para las partes, para el fiscal, para el defensor que tiene que presentar un recurso, un escrito. Sin embargo, para los jueces parecería que no, para los jueces de las últimas instancias, porque los jueces de primera instancia seguro que cumplen con los plazos procesales. Pero, la Corte Suprema parecería que no tiene plazos y yo creo que sí los tiene.

- ¿Y por qué a su entender se llegó a esto de la no ejecución en primera instancia? Porque antes no sucedía así.

-Es un poco largo y tal vez técnico de explicarlo. He trabajado mucho a ese tema, lo tengo bien claro. Creo que se da una cuestión de no darnos cuenta que los jueces de primera instancia, los jueces que resuelven el caso en un juicio oral y público, están en mejor situación epistémica para resolver el caso. ¿Por qué? Porque por el principio de la inmediatez están frente, no solamente delante del fiscal y del defensor, sino frente al testigo, frente al perito, de modo que alcanzan una plenitud de conocimiento del caso, del hecho. Cosa que no lo tiene ni la Cámara de Casación, ni el Tribunal Superior, ni la Corte Suprema.

- Es un tema muy valioso.

-Sí, claro. Entonces se cree que la instancia superior va a tener mejor conocimiento que el Tribunal de primera instancia. Y no lo tiene. Pero, además, hay otra cosa que me parece que es más grave aún, y que yo a veces digo que en el interno de nuestra mente todavía perdura el “bichito de la inquisición”, que es un sistema procesal que perduró durante 600-700 años en el mundo. Ese sistema hacía que el poder jurisdiccional lo tenía el rey, el monarca, el príncipe. El poder político, el poder económico, el poder jurisdiccional. Como este monarca, este rey, no podía resolver todos los casos litigiosos que le llegaban, empezó a delegar. Y delegaba en lo que hoy llamamos los jueces de primera instancia, hoy llamados así. Estos jueces de primera instancia, entonces, resolvían, pero en forma delegada. Quiere decir que su sentencia, su resolución, la decisión, debía ser controlada, revisada por el monarca, por el rey. Hoy, el monarca o rey, tenemos que entender, es la Corte Suprema o el Superior Tribunal de Justicia. De ahí que perdura, sin darnos cuenta, que todavía no hemos tomado conciencia los operadores jurídicos, de ese efecto devolutivo que tienen los recursos. Cualquier profesor de Derecho Procesal, cualquier alumno diría: los recursos tienen un efecto devolutivo. Quiere decir, le devuelvo la jurisdicción al rey, al monarca. Y me parece que en un sistema acusatorio como hoy tenemos, tenemos que replantearnos esto y decir: no, el poder jurisdiccional está en la primera instancia, está en el pueblo. Políticamente está en el pueblo, jurídicamente está en la primera instancia. Y el control debería ser excepcional. Más aún, si nos adentramos en este tema -que repito, es técnico y un poco complejo de explicarlo-, pero me parece que a lo sumo debería aceptarse lo que la Convención Americana de Derecho Humano habla del doble conforme. Vale decir, un control, una revisión. La Provincia de Entre Ríos, desde 2014, creó un tribunal específico para ese tema, para la revisión o control de la sentencia. Se llama Cámara de Casación. También revisa en forma amplia, luego del fallo Casal de la Corte Suprema, revisa en forma amplia el caso que le llega para revisar. Esa debería ser a mi juicio la sentencia no definitiva, pero sí ejecutable. Porque el problema es creer que solamente se puede ejecutar una sentencia cuando queda firme.

- Y cuando quede firme en la Corte.

-Claro, por eso quería aclarar porque cualquier abogado que me está escuchando va a decir que estoy negando el recurso, la impugnación extraordinaria ante el Superior Tribunal por recursos extraordinarios federales ante la Corte. No. No lo estoy tachando. Sí los acepto.
Demora en la causa contratos truchos de la Legislatura
-En septiembre del 2018 se conoció la causa contratos truchos, sin dudas el caso de corrupción más grave de la historia de Entre Ríos. Estamos hablando de un desvío de 53 millones de dólares. Una cosa sistemática durante 10 años, seguramente muchos más. Estamos en el mes 10 de 2024, todo indica que la elevación a juicio de la causa contratos, sería recién noviembre, la elevación a juicio. Y se calcula que va a demorar más de 6 meses la audiencia, o sea que con mucha suerte la causa contratos se puede llegar a tratar en el segundo semestre o en el último trimestre del año que viene. Es decir, 7 años después. Es imposible que funcione, no tendrían que haberse adoptado alguna decisión para que trabaje un equipo que esté trabajando esto, porque mientras tanto acá se siguió haciendo lo mismo durante mucho tiempo, pese a la gravedad de lo que se encontró en septiembre de 2018.

-Sin ninguna duda. Y le pongo otro caso que no es tan grave como el que ustedes mencionan, pero tenemos el caso de ATER; donde la doctora (Marina) Marina Barbagelata lo llevó desde antes de 2014 y fue elevado a juicio en el 2021, si mal no recuerdo. Y todavía está dando vueltas. No sé cuál es la razón que hace que se demore tanto el llamado a juicio oral. El caso que ustedes mencionan, el de los contratos de la Legislatura, no conozco el caso, o sea que no podría opinar sin haber visto las constancias. Pero, sí, la demora es objetiva. Y la audiencia de la elevación a juicio que dure 6 meses, creo que es incomprensible. Tal vez haya razones que desconozco, posiblemente haya razones que justifiquen esto. Pero, nunca el legislador entrerriano, al plasmar el nuevo Código del sistema acusatorio, pensó que una audiencia de la elevación a juicio demande tanto tiempo. No puede ser. Creo intuir que la razón es que ambas partes, tanto la fiscalía como las defensas, quieran adelantar lo que va a ser materia de debate de juicio oral a esta audiencia, y eso está mal; porque en la audiencia de revisión a juicio se tiene que estudiar la superficialidad, es decir, cuál es la acusación fiscal, en qué va a consistir la defensa de los imputados, cuáles serán las pruebas que se van a producir en el debate, y punto. No más allá de eso. No debería durar tanto tiempo. Pero, insisto, desconozco en concreto por qué esa demora.

Fuente: Análisis Digital