La Cámara de Casación Penal volvió a modificar el calendario de audiencias en el proceso de apelación a las condenas aplicadas en el marco del megajuicio que sentó en el banquillo al exgobernador Sergio Daniel Urribarri, condenado en abril último a la pena de 8 años de prisión, acusado del delito de peculado.
A partir de una presentación efectuada por el defensor José Raúl Velázquez, Casación aplazó para marzo la realización de las audiencias previstas originalmente para febrero. Sucede que el megajuicio coincidía con la realización de un juicio oral en la Justicia Federal en la que el abogado representa a una de las partes que se sentará en el banquillo, y cuyo debate había sido definido con antelación, en mayo de este año.
Las nuevas fechas de audiencias del megajuicio será miércoles 15, jueves 16, viernes 17, miércoles 22 y jueves 23 de marzo de 2023, a partir de las 9, “las que podrán extenderse al turno vespertino”, según la resolución que adoptó el tribunal.
La primera postergación de las audiencias para revisar las condenas en el marco del megajuicio ocurrió en noviembre último. Entonces, la Sala I de la Cámara de Casación Penal había aceptado reprogramar las fechas de las audiencias a partir de una presentación efectuada por el defensor Miguel Cullen, quien había solicitado licencia otorgada por el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, desde el 14 de noviembre al 5 de diciembre.
En principio, Casación había convocado a audiencias para los días 28, 29 y 30 de noviembre, y 1° y 2 de diciembre. Pero luego se resolvió postergar el inicio del trámite de revisión de la condena que aplicó el 7 de abril último el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná que, entre otros, condenó al exgobernador Sergio Urribarri, a 8 años de cárcel.
Así, se fijaron las audiencias para los días 12, 13, 14, 15 y 16 de diciembre, a partir de las 9. Pero tampoco pudo ser.
A finales de noviembre, Casación resolvió aplazar otra vez las audiencias.
El nuevo calendario que se había elaborado estableció que las audiencias serían los días 7, 8, 9, 14, 15 y 16 de febrero de 2023. La medida se adoptó luego de las presentaciones que hicieran los defensores José Raúl Velázquez, Ignacio E. Díaz y Miguel Angel Cullen; las licencias concedidas por el Colegio de Abogados de Entre Ríos a José Raúl Velázquez, Raúl Enrique Barrandeguy, Ignacio E. Díaz y Miguel Angel Cullen –“al primero de ellos por motivos personales, y a los restantes por accidente o incapacidad”, y según una resolución que firmó la presidenta de la Cámara de Casación Penal, Marcela Davite, “tratándose de la segunda suspensión de audiencia, a pedido de la Defensa Técnica, considerando además las dificultades logísticas que conlleva la realización de la misma, se insta a las partes a extremar los recaudos pertinentes, con suficiente antelación, para poder concurrir a la audiencia”.
Pero ahora se volvió a modificar ese esquema, y las audiencias del megajuicio se fijaron para mediados de marzo de 2023.
Casación debe revisar la condena que aplicó el 7 de abril último el Tribunal de Juicios y Apelaciones conformado por los jueces José María Chemez, María Carolina Castago y Elvio Osir Garzón.
Las penas
De los 13 imputados que llegaron al megajuicio, fueron absueltos 5 imputados: el exministro de Turismo, Hugo Marsó; los exfuncionarios de la Unidad Operativa Mercosur Hugo Céspedes -fallecido durante el proceso- y Gustavo Tórtul; Alejandro Almada y Maximiliano Sena.Al exgobernador Sergio Urribarri, por la comisión en su calidad de autor de los delitos de peculado en concurso ideal con negociaciones incompatibles con la función pública, en 5 hechos, solicitaron la pena de 12 años de cárcel. Además, la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. El tribunal lo condenó a 8 años de cárcel.
A Pedro Ángel Báez, exministro de Cultura y Comunicación, exdiputado provincial del PJ, por la comisión en calidad de autor de los delitos de peculado en concurso ideal con negociaciones incompatibles con la función pública, 4 hechos, le pidieron la pena de 10 años de cárcel, más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La condena fue de 6 años y 6 meses de prisión.
A Juan Pablo Aguilera, cuñado de Urribarri, funcionario del Senado de Entre Ríos, como partícipe necesario de los delitos de peculado ynegociaciones incompatibles con la función pública en concurso ideal, en dos hechos, le fue solicitada una pena de 10 años de prisión. Además, la accesoria de la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Fue condenado a 6 años y 6 meses de cárcel.
A Corina Elizabeth Cargnel, contadora de las empresas Next SRL y Tep SRL, que se adjudican al cuñado Aguilera, se la acusa como partícipe necesaria de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública en 2 hechos. Por esos hechos, la Fiscalía pidió para Cargnel 8 años de cárcel, más la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Pero el tribunal consideró excesiva la pena pedida por Fiscalía y le aplicó 3 años de prisión condicional e inhabilitación absoluta perpetua.
Al empresario Gerardo Daniel “Foia” Caruso el Ministerio Público Fiscal lo imputa como partícipe necesario en la comisión del delito de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública, en concurso ideal. Y pide la pena de 5 años de prisión y la inhabilitación absoluta perpetua. El tribunal le aplicó la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional.
Al exministro de Turismo de Urribarri, Hugo José María Marsó, acusado como autor del delito de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal, le pidieron la condena a 5 años de prisión más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Fue absuelto de culpa y cargo.
A Emiliano Oscar Giacopuzzi, acusado por Fiscalía de ser “testaferro” de Aguilera, se le imputa como partícipe secundario del delito de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal y se pidió para él la pena de 4 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La pena aplicada por el tribunal es de 2 años y 6 meses de ejecución condicioanl.
A Gustavo Rubén Tamay, en carácter de partícipe necesario de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal, Fiscalía pide la pena de 4 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Le aplicaron 3 años de prisión condicional e inhabilitación absoluta perpetua, más pago de multa de $90 mil.
A Luciana Belén Almada, esposa de Aguilera, también acusada de ser “testaferro”, le achacan en carácter de partícipe secundaria el delito de peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal y piden la pena de 3 años de prisión de carácter condicional, y la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La pena aplicada 2 años y 6 meses de ejecución condicional.
A Alejandro Luis José Almada, cuñado de Aguilera, Fiscalía le achacó ser partícipe secundario en el delito de peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal, y le pidió la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional. También, la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Pero el tribunal decidió absolverlo. Almada actualmente es funcionario de la Cámara de Diputados. Fue absuelto de culpa y cargo.
A Maximiliano Romeo Sena, otro “prestanombre”, según Fiscalía, fue acusado por Fiscalía como partícipe secundario del delito de peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal, pidieron 2 años y 6 meses de prisión de cumplimiento condicional e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. El tribunal lo absolvió.
A Germán Esteban Buffa, el empresario suertudo que obtuvo una pauta publicitaria del Estado antes de que pudiera constituir su empresa, Global Menas, y que fue parte del gerenciamiento de El Diario, de Paraná, como partícipe necesario en el delito de negociaciones incompatibles con la función pública, Fiscalía pide una pena de 3 años de ejecución condicional y la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. El tribunal le aplicó la pena de 1 año y 2 meses de prisión condicional.
A Gustavo Javier Tórtul, funcionario del Estado provincial, como partícipe necesario del delito de peculado y de negociaciones incompatibles con la función pública en concurso ideal, la Fiscalía solicitó la pena de 3 años de prisión de cumplimiento condicional e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Pero el tribunal entendió que no tuvo participación en los delitos reprochados, y lo absolvió. También absolvió al ya fallecido Hugo Céspedes.
Fuente: Entre Ríos Ahora