El Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE) dictó el viernes 28 de junio una nueva resolución que contiene un fuerte aumento en la tarifa eléctrica que regirá a partir del próximo 1° de agosto y es parte de las modificaciones introducidas en el cuadro tarifario producto de la audiencia pública de revisión quinquenal que se realizó el 28 de febrero último en Nogoyá.
Entonces, el Ente Regulador se expidió favorablemente al pedido de revisión de la tarifa eléctrica formulado por las distribuidoras eléctricas, y autorizó un reconocimiento parcial de “los ingresos no percibidos por la forma en que se implementó la Resolución EPRE N° 219/22, que se expidió sobre la Revisión Integral de Tarifa del Tercer período tarifario de los contratos de concesión y disponer su reintegro en forma parcial, gradual y escalonada, a partir del mes de agosto de este año, mediante el agregado sobre los cargos de distribución aprobados por el Anexo de la precitada Resolución, de un adicional del 6% para el período agosto 2024 a enero 2025; del7% para el período febrero de 2025 a enero de 2026; y de un 8% desde febrero a junio de 2026”.
Los nuevos valores impactarán en el bolsillo. Los usuarios residenciales tendrán un incremento del 53% en el costo fijo que se paga haya o no hay consumo eléctrico. Ese valor está hoy en $1.631,12, y en agosto pasará a $2.492,24.
Mientras, a principios de junio, y a través de la resolución N° 125, el EPRE aprobó un nuevo cuadro tarifario para las distribuidoras eléctricas y que incluyó subas que van del 26% al 89% como consecuencia de la merma de los subsidios a los consumos.
La disposición del Ente Regulador, que preside Juan Domingo Zacarías, aprobó entonces los nuevos cuadros tarifarios “para los meses de junio y julio del año 2024, respectivamente” que “contiene las categorías de usuarios y el traslado de los precios de energía, potencia y transporte”. Pero los nuevos valores no son definitivos sino que quedan supeditados “a que no se produzcan nuevas modificaciones en los precios mayoristas de energía, potencia y/o transporte en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) por parte de la Secretaría de Energía Eléctrica de la Nación”.
Al respecto, Energía Entre Ríos SA (Enersa) dio cuenta que la Secretaría de Energía de la Nación, mediante Resoluciones N° 90/2024 y 92/2024, actualizó los precios de la energía eléctrica a partir del 1° de junio de 2024. Este ajuste se debe a un aumento en el precio estacional de la energía, a cambios en los niveles de subsidios, y a la aplicación de nuevos topes en los consumos subsidiados, indicó la distribuidora.
De esa manera, “en adelante solo conservarán subsidios los usuarios residenciales Nivel 2 (menores ingresos) y Nivel 3 (ingresos medios), hasta “consumos base” determinados. Por el consumo excedente, como ya ocurre con el resto de los usuarios residenciales N1 (altos ingresos) y no residenciales, los usuarios abonarán el precio pleno de la electricidad mayorista”.
Ahora, y a través de la resolución N° 139, dictada el viernes 28 de junio por el Ente Regulador, y como resultado de la aprobación de un nuevo sistema de actualización de los valores de distribución, “debe aplicarse en forma mensual a parir del mes de mayo del corriente año”, y que “atendiendo a la función de protección y defensa de los usuarios del servicio eléctrico que tiene este Ente, al implementarse por primera vez la nueva metodología de adecuación de los costos de distribución por medio de la Resolución EPRE N° 71/24 se adoptó un criterio de gradualidad y razonabilidad, distribuyéndolo entre los meses de mayo, junio y julio” de 2024.
La distribuidora Energía Entre Ríos SA (Enersa) hizo una presentación el jueves 27 de junio de un nuevo cuadro tarifario a aplicar a partir de agosto, “con la actualización correspondiente de los Costos de Distribución”, y que además de esa petición, dice el Ente, “corresponde también aplicar lo dispuesto por el Artículo 2° de la resolución EPRE N° 69/24, debiendo adicionarse un 6%, en concepto de reintegro gradual de los ingresos no percibidos por la forma en que se implementó la Resolución EPRE N° 219/22, que se expidió sobre la Revisión Integral de Tarifa del Tercer período tarifario de los contratos de concesión”.
De igual modo, en su disposición el Ente Regulador aclaró que “la vigencia del cuadro tarifario aprobado por la presente resolución queda condicionado a que no se produzcan nuevas modificaciones en los precios mayoristas de energía, potencia y/o transporte en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) por parte de la Secretaría de Energía Eléctrica de la Nación (SEN), en cuyo caso podrán las Distribuidoras presentar a este Ente para su análisis y aprobación los nuevos valores del Cuadro Tarifario”.
Fuente: Entre Ríos Ahora