El Gobierno reglamentó la ley 27.669 que establece el marco regulatorio de la industria del cannabis medicinal y el cáñamo industrial, a través del decreto 405/2023, publicado este lunes 7 de agosto en el Boletín Oficial. La medida se formalizó 15 meses después de la sanción de la ley en el Congreso, el 5 de mayo de 2022, y su promulgación 21 días después mediante el decreto 266/2022.
La norma publicada establece el funcionamiento de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (Ariccame), del Consejo Federal para el Desarrollo de la Industria del Cáñamo y Cannabis Medicinal y del Consejo Consultivo Honorario, que estará integrado por 20 miembros titulares e igual número de suplentes, de actuación ad honorem.
También se adopta el sistema de Ventanilla Única para la Industria del Cáñamo y el Cannabis Medicinal, para la gestión de trámites vinculados a la emisión de autorizaciones, licencias y certificaciones necesarias.
Ese sistema, se indicó en los considerandos del decreto, "tiene por objetivo principal proporcionar una mayor eficiencia en las gestiones y trámites, unificar procedimientos administrativos y expedientes, dar intervención a los organismos con competencias específicas involucrados y facilitar el acceso y difusión de la información de manera homologada, estandarizada, actualizada e integrada".
Por su parte, la ley determinó que la Ariccame será "el organismo competente para reglar, controlar y emitir las autorizaciones administrativas con respecto al uso de semillas de la planta de cannabis, del cannabis y de sus productos derivados".
El marco regulatorio abarca a "la cadena de producción y comercialización nacional o con fines de exportación de la planta de cannabis, sus semillas y sus productos derivados afectados al uso medicinal, incluyendo la investigación científica, y al uso industrial; promoviendo así el desarrollo nacional de la cadena productiva sectorial", indica la ley en su primer artículo.
La Aricamme tendrá la función de regular "la importación, exportación, cultivo, producción industrial, fabricación, comercialización y adquisición, por cualquier título de semillas de la planta de cannabis, del cannabis y de sus productos derivados con fines medicinales o industriales".
Asimismo, tendrá a su cargo "la regulación y fiscalización de la actividad productiva de la industria del cannabis, su comercialización y distribución, para uso medicinal e industrial en el territorio nacional, en todo lo referente al registro, control y trazabilidad de semillas, insumos críticos y productos derivados del cannabis, en el marco de un proceso industrial debidamente autorizado y habilitado".
Al presentar la ley en mayo del año pasado en un acto en Casa Rosada, el Presidente Alberto Fernández la consideró “un paso en el acceso al derecho a la salud” y, a la vez, “un triunfo de la sociedad contra la hipocresía”.
“El cannabis era para gran parte de la sociedad una palabra prohibida; pero las voces de unas madres llamaron la atención de muchos: podían resolver los problemas de la gente", aseguró el primer mandatario, quien agregó que con esta nueva ley se podrá "ayudar a resolver la salud de mucha gente que lo necesita y que probó que esos medicamentos le sirven y hacen más llevaderas sus vidas”.
Fuente: Gobierno Nacional - Telam