El martes 8 habrá una reunión conjunta de las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Recursos Naturales y Ambiente de la Cámara de Diputados para abordar el tratamiento legislativo de un proyecto de ley presentado por la diputada Lorena Arrozogaray (PJ) que impulsa la creación en Paraná y en Gualeguaychú de unidades fiscales de investigación de delitos contra el ambiente.
La iniciativa impulsa crear una Unidad Fiscal de Investigación de Delitos contra el Ambiente en Gualeguaychú, con competencia territorial sobre los departamentos Concordia, Villaguay, Federación, San Salvador, Colón, Uruguay, Gualeguaychú e Islas del Ibicuy. Y otra Unidad Fiscal en Paraná, con competencia territorial sobre los departamentos Paraná, La Paz, Diamante, Victoria, Nogoyá, Gualeguay, Federal, Feliciano y Rosario del Tala.
E impulsa la creación de un cargo de fiscal ambiental en Paraná; otro en Gualeguaychú, más dos cargos de fiscales auxiliares, uno para cada ciudad.
Las Fiscalías Ambientales –dice el artículo 4° del proyecto- tendrán las siguientes funciones:
1) Preparar y promover la acción penal ambiental, a cuyo fin dirigirá la investigación preparatoria, practicando y haciendo practicar los actos inherentes a ella.
2) Impartir instrucciones a los organismos competentes para hacer cesar el daño ambiental”.
Y agrega: “Los Fiscales Ambientales serán asistidos técnica y profesionalmente por un Cuerpo de Investigación Científica, conformado por profesionales universitarios del ámbito científico con especialización en ciencias, carreras y disciplinas ambientales y al menos cinco años en ejercicio de la profesión. Este cuerpo tendrá como función asistir al Fiscal Ambiental en el correcto examen y análisis de los hechos de naturaleza científica, elaborando los informes y dictámenes que les sean requeridos a tal fin y colaborando en la producción en tiempo y forma de la prueba necesaria en los distintos procesos en que se persiga la protección del ambiente”.
En los fundamentos, la legisladora cita la Constitución Nacional reformada en 1994, que en su artículo 41° fija que todos los habitantes de la Nación gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y
para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras. A su vez proclama que “todos tenemos el deber de preservarlo y que las autoridades tienen que proveer la protección de este derecho a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales”.
“Este nuevo derecho de tercera generación fue incorporado luego de un largo debate debido a sus características y los tipos de conflictos que acarrea en la materia. Así fue incorporado al constitucionalismo argentino como un derecho humano de características especiales dado que es colectivo”, postula.
Y agrega: “Es por ello que ante el escenario actual donde el paradigma ambiental ha tomado un protagonismo importante, es que venimos a proponer una herramienta jurídica moderna y cada vez más común en los fueros judiciales de creación de Fiscalías Ambientales en la órbita del Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Entre Ríos”.
Fuente: Entre Ríos Ahora