Finanzas públicas

Tasa de Alumbrado Público: “procrastinar no ayuda”

Álvaro Sierra

El reciente fallo del Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín ha encendido una alerta crucial para los municipios de todo el país. La decisión judicial, que rechazó en lo sustancial el amparo presentado por la Municipalidad de Tigre contra la Resolución SIyC Nro. 267/2024, marca un precedente que podría tener consecuencias financieras y operativas devastadoras para las administraciones locales si no actúan con urgencia.

Por Alvaro Sierra (*)

El fallo, aunque no es definitivo, deja en claro que los municipios deben replantear cómo cobran la Tasa de Alumbrado Público, uno de los servicios más esenciales que brindan a la comunidad.

El Gobierno Nacional sostiene que la Resolución 267/24 no limita la potestad tributaria de los municipios, sino que busca evitar que se incluyan cargos ajenos a la factura de energía eléctrica, protegiendo así los derechos de los usuarios. Sin embargo, esta medida, aunque bienintencionada, podría generar un caos financiero en los municipios si no se toman las precauciones necesarias a tiempo.

La Tasa de Alumbrado Público no es un tributo menor: en ciudades como Concordia, representa una de las principales fuentes de ingresos, con una recaudación que superó en el 2024 los $1.368 millones (incluso con esta recaudación hoy la municipalidad no alcanza a cubrir el costo y mantenimiento del servicio de alumbrado). O sea, sin este recurso, muchos municipios simplemente no podrían cubrir los costos de mantenimiento y operación del alumbrado público, un servicio fundamental para la seguridad y el bienestar de los ciudadanos.

A pesar de que el fallo judicial y las resoluciones nacionales han puesto sobre la mesa una problemática de enorme trascendencia, no hay indicios de que los gobiernos locales estén trabajando en alternativas para cobrar la Tasa de Alumbrado de manera directa. Esto es preocupante, ya que implementar un sistema de liquidación y recaudación propio no es tarea sencilla: requiere tiempo, recursos y una campaña de concientización masiva para que los contribuyentes comprendan y acepten el cambio, más los tiempos legislativos que demandaría la reforma. Si los municipios no comienzan a actuar ahora, el riesgo de desfinanciarse financiera y operativamente es inminente.

La procrastinación en este caso no es una opción. Si los intendentes no toman medidas inmediatas, podrían enfrentarse a un escenario en el que, de un día para otro, se vean obligados a cobrar la Tasa de Alumbrado sin tener la infraestructura ni los mecanismos necesarios para hacerlo. Esto no solo generaría un colapso en las arcas municipales, sino que también pondría en riesgo la continuidad del servicio de alumbrado público, afectando directamente la calidad de vida de los ciudadanos y la seguridad en las calles.

Por ello, se hace urgente que los gobiernos locales comuniquen de manera transparente cuáles son sus planes para afrontar esta contingencia. La ciudadanía tiene derecho a saber cómo se garantizará la prestación de un servicio tan vital como el alumbrado público. El tiempo corre en contra de los municipios, y las consecuencias de no actuar podrían ser irreparables.

En definitiva, este fallo judicial es una llamada de atención que no puede ser ignorada. No hacer nada hoy es hipotecar la seguridad y el desarrollo de nuestras ciudades mañana, los municipios deben actuar con previsión y responsabilidad, el alumbrado público no puede apagarse por falta de acción.

(*) Contador Público y Especialista en Finanzas Públicas

Fuente: El Entre Ríos