excarcelación

Tras cumplir dos tercios de su condena, el encubridor del femicidio de Micaela García se va a su casa

Así lo resolvió la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, haciendo lugar a la petición formulada por el defensor público, Gaspar Reca Ríos, en ejercicio de la defensa técnica de Néstor Roberto Pavón (35).

Ello, bajo la caución que establezca el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay de mérito, que originariamente dispuso su prisión preventiva por la violación seguida de muerte a la joven estudiante de 21 años, ocurrida el 1º de abril de 2017 en esa ciudad entrerriana.

Pavón fue condenado a 5 años de prisión por encubridor y a la fecha cumplió dos tercios de la pena, por lo cual se hizo el pedido de excarcelación, dado que ya podría gozar de la libertad condicional, si estuviese firme su condena.

Los argumentos de la Justicia
En su voto, el vocal Daniel Carubia concluyó que “teniendo en consideración los precedentes y criterio sustentado en varias causas que han sentado jurisprudencia, se impone precisar que, más allá de la pretensión acusatoria -pública y particular-, contraria a lo ya resuelto por esta sala, de una eventual condena a perpetuidad, no se invoca ningún riesgo procesal específico ni se exponen razones que demuestren la posibilidad concreta de tal circunstancia, y lo cierto es, como adelantara, que el encausado Pavón, en modo alguno puede entorpecer la investigación ya íntegramente realizada y con sentencias de mérito, casación e impugnación extraordinaria”.

Asimismo, sostuvo que “tampoco se exponen siquiera indicios de la posibilidad de evitar la acción de la justicia cuando ya lleva en encarcelamiento preventivo un tiempo que superará el de su posibilidad de acceso a la libertad condicional si estuviese cumpliendo como condenado la pena impuesta -la cual está, además, recurrida por su defensa-, con lo cual su situación cautelar se revela por el momento más gravosa que la de un efectivo cumplimiento de pena, desde que no recibe tratamiento como tal ni puede usufructuar los beneficios de la progresividad del régimen carcelario, por lo que deviene claramente procedente su excarcelación, bajo la caución que establezca el tribunal de mérito que originariamente dispuso la prisión preventiva de Pavón”, a cuyo fin se remitirán copias al Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay.

Por su parte, el vocal Miguel Ángel Giorgio consideró que “como bien ha afirmado Carubia, el imputado Pavón se encuentra próximo a cumplir, aún en prisión preventiva, los dos tercios de la condena -no firme- dictada en su contra, todo lo que le permitiría acceder al beneficio de la libertad condicional si hubiese ingresado al régimen de ejecución de la pena privativa de la libertad -ley 24.660-, lo que no ha sido posible por todas las instancias recursivas que ha venido hasta aquí ha transitado”.

No obstante ello, “esa imposibilidad no puede generar efectos adversos a la hora de evaluar la morigeración o el cese de la medida cautelar de encarcelamiento preventivo que viene sufriendo por la sola circunstancia de ejercer su legítimo derecho a la revisión integral de un fallo condenatorio dictado en su contra, cuando han desaparecido los conocidos riesgos procesales que en su momento motivaron su dictado y la hipótesis más desfavorable que tiene a la vista el encartado Pavón sería el breve tiempo que le resta por cumplir en caso de adquirir firmeza su condena, lapso éste que bien puede ser transitado bajo la modalidad de la libertad condicional”, sumó como fundamento.

En tanto, la vocal Claudia Mizawak argumentó que “corresponde disponer el arresto domiciliario de Pavón, atento a que esa medida de coerción asegura suficientemente la ejecución de la sanción punitiva impuesta, en caso de que se confirme la condena dictada en su contra (cfme.; art. 349, inc. a) CPPER)”.



Fuente: SIC - STJER / El Entre Ríos