A sus efectos, se transcribe la providencia que, en su parte pertinente, textualmente ordena: “Colón, 10 de diciembre de 2024.- DECLARAR ABIERTO el JUICIO SUCESORIO de WASHINGTON GUSTAVO LEGUIZAMÓN - DNI N° 94.333.944, vecino que fuera del Departamento Colón, estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada y lo dispuesto en los artículos 718 y 728 del CPC.- DISPONER la publicación de edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un periódico de esta ciudad, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que lo acrediten dentro del término de treinta (30) días -Artículo 2340 del Código Civil y Comercial.- NOTIFICAR conforme artículos 1 y 4 Acordada Nº 15/18 SNE”. Firmado: Dra. María José Diz - Jueza.
Publíquese por tres (3) días
Colón, Entre Ríos, 24 de febrero de 2025
Dr. Juan Carlos Benítez - Secretario
La presente se suscribe mediante firma digital.-