“Las medidas de fuerza adoptadas por las asociaciones sindicales (Suoyem, ATE y APS) amenazan, restringen, alteran, impiden y lesionan de manera manifiestamente ilegítima al ejercicio del derecho constitucional a la salud pública y al medioambiente”, se señala en el documento presentado ante los Tribunales Provinciales.
“Los sindicatos comenzaron la huelga el domingo 3 con retención total de servicios, poniendo en serio riesgo el servicio sanitario de la ciudad, atentando con la integridad y la salud de las personas”, manifiesta el amparo, que a su vez agrega: “Esto produjo que en diferentes puntos de la ciudad se acumularan residuos provocando con ello diversos y peligrosos focos infecciosos”.
El documento fundamenta la medida en normas municipales y leyes nacionales. “La Ordenanza Municipal N° 9.199 en su artículo 1º declara de carácter esencial a la recolección, transporte, manipulaciones, tratamiento, clasificación y disposición final de los residuos. A su vez, el artículo 24º de la Ley N° 25.877 de Ordenamiento Laboral establece que ‘Cuando por un conflicto de trabajo alguna de las partes decidiera la adopción de medidas legítimas de acción directa que involucren actividades que puedan ser consideradas servicios esenciales, deberá garantizar la prestación de servicios mínimos para evitar su interrupción’”.
“Desde ningún punto de vista se pretende coartar el derecho constitucional de huelga (...) En la actualidad no se encuentra garantizada la prestación mínima de los servicios, ni siquiera la organización mínima. La medida de fuerza adoptada, además de ilegal e infundada, denota una actitud de absoluta mala fe de los sindicatos, viéndonos obligados a concurrir ante la evidente violación de los derechos más fundamentales de toda la población”.