La resolución que ordena el presente, en su parte pertinente, dice: “Colón, 26 de agosto de 2024.- 4) CITAR por edictos a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble motivo del juicio y especialmente a los herederos denunciados de DELIS RAMÓN DEMARLENGE, llamados ROSANA EMILCE DEMARLENGE, LUCIANO RAMÓN DEMARLENGE, CLAUDIA FABIANA DEMARLENGE, LUCRECIA BEATRIZ DEMARLENGE -artículo 669 inciso 3º) del CPC-, para que comparezcan a tomar intervención dentro del término de QUINCE DÍAS, bajo apercibimientos de nombrárseles defensor de ausentes -artículo 329 del CPCC-.- 5) ESTABLECER que la citación ordenada precedentemente se publique en el Boletín Oficial y en un periódico local, por dos veces, de conformidad con lo establecido en los incisos 2º y 3º del artículo 669 y artículos 472, 474, 326 y 132 inciso 1º del CPCC”. Firmado: Dra. María José Diz - Jueza.
Publíquese por dos (2) días
Colón, Entre Ríos, 18 de febrero de 2025
Dr. Juan Carlos Benítez - Secretario
La presente se suscribe mediante firma digital.-