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La Cámara de Casación Penal fijó audiencia para el próximo viernes 6 de diciembre, a las 9,30, para tratar el recurso planteado por los defensores del exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Ángel Báez, condenado a 6 años y 6 meses de prisión en 2022 en el megajuicio, y a quien el viernes 22 le dictaron prisión preventiva en la Unidad Penal de Paraná hasta que esa condena quede firme. El Tribunal de Juicios y Apelaciones que el viernes 22, en voto dividido, hizo lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal y aplicó prisión preventiva en la Unidad Penal de Paraná al exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Ángel Báez, había hecho lugar al recurso de casación que presentaron los defensores Ignacio Díaz y José Velázquez. Y ahora Casación le puso fecha a la audiencia para tratar esa petición. De ese modo, la resolución del encarcelamiento de Báez -medida que se dispuso hasta que el fallo de fondos adquiera firmeza, esto es cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación se expida sobre el recurso extraordinario federal- será ahora analizada por la Cámara de Casación Penal, tribunal que ya había dispuesto las preventivas para el exgobernador Sergio Urribarri y su cuñado, Juan Pablo Aguilera, el martes 19, también condenados en el megajuicio.

Casación hizo lugar a un pedido del Ministerio Público Fiscal y revocó un fallo de primera instancia del Tribunal de Juicios y Apelaciones que, en voto dividido, había rechazado esa petición en septiembre pasado en torno a Urribarri y Aguilera. Entonces, por la denegatoria votaron los jueces María Carolina Castagno y Julián Carlos Vergara; en disidencia, lo hizo Elvio Osir Garzón. El viernes 22 la mayoría cambió: el tribunal hizo lugar al pedido al pedido de preventiva para Báez con los votos de Vergara y Garzón, y la disidencia de Castagno.

Al analizar el recurso casatorio de la defensa de Báez, el Tribunal de Juicios y Apelaciones observó que «se advierte que el resolutorio atacado constituye una de las resoluciones objetivamente recurribles por vía casatoria, conforme lo dispuesto en el art 511 C.P.P.; amén de reunirse en el caso las exigencias en orden al tiempo y forma de su interposición que dispone el art. 512 del mismo cuerpo normativo; siendo en consecuencia, formalmente admisible».
Antecedentes
El 18 de abril, los fiscales Ignacio Aramberry, Patricia Yedro, Gonzalo Badano y Juan Francisco Ramírez Montrull se presentaron ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) y pidieron la «inmediata detención» del exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Ángel Báez, y prisión preventiva para el exgobernador Sergio Urribarri, y de su cuñado, Juan Pablo Aguilera. Los tres fueron condenados en 2022 en el marco del megajuicio: a Báez le aplicaron 6 años y 6 meses; a Urribarri, 8 años; y a Aguilera, 6 años y 6 meses.Recién a finales de mayo quedó integrado el tribunal que debía resolver esa petición: lo conforman María Carolina Castagano, Julián Carlos Vergara y Elvio Osir Garzón. En medio, la defensa del exgobernador Sergio Urribarri planteó un recurso de reposición y sostuvo que el organismo que debía integrar el tribunal es la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) y no el tribunal que finalmente lo resolvió.

En el ínterin, el exministro Báez solicitó que en vez de la cárcel ser beneficiado con arresto domiciliario por razones de salud.

El exministro de Cultura y Comunicación durante el urribarrismo, Pedro Ángel Báez, pidió a la Justicia que se le aplique arresto domiciliario para cumplir la condena que le fuera impueta en 2022 en el marco del megajuicio, 6 años y 6 meses de cárcel, y arguyó que padece problemas de salud -diabetes- y además nunca eludió las instancias de la investigación y el juicio al que fue sometido.

«Expuesto el cuadro normativo, está claro que nuestro pupilo es una persona de riesgo. A ello, se le suma la necesidad de una dieta acorde, ejercicios y el tratamiento farmacológico adecuado y de estricta aplicación y seguimiento, cuestión que no ocurre. El hacinamiento, las condiciones edilicias, exposiciones a cambios climáticos, etc. hacen de este establecimiento carcelario, Unidad Penal de Paraná, una causal determinante que afectará la salud de nuestro pupilo», señaló el escrito que el defensor de Báez, Ignacio Díaz, presentó ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ).
Las prisiones
La petición de Fiscalía apuntó a la “inmediata detención” de Baez, Urribarri y Aguilera.

Respecto del exministro de Cultura y Comunicación, al rechazar la Sala Penal del STJ la queja planteada contra la condena del megajuicio, “se desprende que la defensa del condenado Pedro Ángel Báez no interpuso recurso alguno contra la sentencia dictada por la Cámara de Casación, por lo cual la misma ha quedado firme”. En ese sentido, plantearon que “la sentencia que condena al mencionado a la pena de 6 años y 6 meses de prisión se torna ejecutoria, por lo que se solicita se disponga la inmediata detención del mismo y su traslado a Unidad Penal Nº 1 de la ciudad de Paraná, conforme doctrina de esa Excelentísima Sala en lo Penal”. El argumento es que la defensa de Baéz no presentó recurso alguno contra la decisión de la Cámara de Casación Penal, que en 2023 ratificó la condena y rechazó el recurso extraordinario.

En cuanto a Urribarri y Aguilera, “ante el rechazo por mayoría de esa Sala del recurso de queja por denegatoria de impugnación extraordinaria, entendemos que la instancia provincial está próxima a agotarse para que la sentencia de condena se torne ejecutiva”. En ese marco, el Ministerio Público Fiscal, y “a los fines de hacer efectiva la aplicación de la ley penal y que no se torne ilusoria la sentencia”, propusieron, “se impone asegurar su cometido a través de medidas efectivas que garanticen el cumplimiento de lo dispuesto”.

“Frente a esta nueva situación, cobra especial relevancia el denominado riesgo de fuga”, dicen los fiscales, y por cuanto, en función de la jurisprudencia de la Sala Penal, “se encuentra cercana en el tiempo la posibilidad que se torne ejecutoria la condena impuesta a los encausados”.

Con ese razonamiento, se pidió que se “disponga la inmediata prisión preventiva” de Urribarri y de su cuñado Aguilera. “En subsidio, para el caso de no hacer lugar al pedido de prisión preventiva, interesamos que se les imponga cauciones acordes a la naturaleza y entidad de las condenas impuestas, junto con la prohibición de salida del país, efectuando las comunicaciones correspondientes a la Dirección Nacional de Migraciones, Policía Federal Argentina y a la Policía Provincial; disponiéndose que deberán asistir una vez a la semana a la Comisaría correspondiente a su domicilio, a fin de dar cuenta de sus lugares de residencia”.

Báez ya se adelantó y pidió que se le aplique prisión domiciliaria por cuanto entiende, a través de una presentación que hizo su defensor Ignacio Díaz de que la Unidad Penal no le garantiza las condiciones necesarias para tratar su cuadro de diabetes.
Fuente: Entre Ríos Ahora

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