La actividad y los inmuebles que se utilicen para las actividades gastronómicas, culturales, deportivas, comerciales y religiosas deberán contar con la habilitación municipal o comunal, quienes tendrán a su cargo la verificación y control del cumplimiento de las pautas previstas, con la colaboración de los gobiernos provincial y nacional. A nivel provincial, permiten reuniones sociales en domicilios particulares, hasta un máximo de 10 personas, como así también en espacios públicos al aire libre, hasta un máximo de 50 personas.
En tanto, los presidentes municipales y comunales, en atención a las condiciones epidemiológicas y sanitarias de cada jurisdicción, podrán disponer restricciones temporarias y focalizadas adicionales, siempre y cuando sean de su competencia.
Gastronomía
La actividad gastronómica (restaurantes, bares, etcétera) podrá funcionar entre las 6 y las 24 horas de cada día, incluidas las modalidades de reparto a domicilio y de retiro en comercio. El coeficiente de ocupación de las superficies cerradas de los locales gastronómicos se reduce a un máximo del 50 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada.Deportes
Aquí se permite entrenamiento, práctica y competencia deportiva en clubes y espacios afines, con un tope máximo de 15 personas en espacios cerrados y de 30 personas en espacios abiertos, a excepción de las competencias que se lleven a cabo en espacios abiertos y requieran de un número de competidores superior.El coeficiente de ocupación de las superficies cerradas de gimnasios se reduce a un máximo del 50 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada.
La actividad deportiva podrá desarrollarse en clubes, instituciones y espacios afines, entre las 6 y 23 horas de cada día, sin la presencia de público espectador.
Cultura
En lo que respecta lo cultural, se permiten actividades de talleres artísticos y academias de danzas con un tope máximo de 15 personas en espacios cerrados y de 30 en espacios abiertos, cumpliendo con sus protocolos oportunamente aprobados.El coeficiente de ocupación de las superficies cerradas de teatros, centros culturales, cines y otros establecimientos afines, se reduce a un máximo del 50 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada.
Las actividades culturales podrán desarrollarse entre las 6 y 23 horas de cada día.
Religión
En referencia a los cultos, las celebraciones de ceremonias religiosas y actividades afines al culto en todo el territorio provincial quedan habilitadas con un aforo del 50 por ciento, en relación a la capacidad máxima habilitada.La actividad podrá desarrollarse en organizaciones inscriptas en el Registro Nacional de Culto entre las 6 y 22 horas de cada día.