El requisito es que “el secuestro haya superado el plazo de seis meses y haya sido ordenado judicialmente o esté sujeto a algún proceso judicial”.
A su vez, la iniciativa establece que “la solicitud deberá presentarse ante la Dirección de Prevención y Seguridad Vial de la Policía de la Provincia de Entre Ríos” y que, transcurridos dos años desde la obtención del préstamo, se podrá iniciar el trámite para gestionar la inscripción registral a nombre de la entidad beneficiaria.