Ordenanza definitiva
Dicha modificatoria tuvo un plazo perentorio de un año, tiempo en el cual fue renovada por otro período. Finalmente, el 1 de agosto, fue aprobada por el Concejo Deliberante de Concordia la Ordenanza definitiva, ya sin plazo de vencimiento, y promulgada por el Poder Ejecutivo Municipal el pasado 8 del mismo mes.Se mantiene taxativamente la prohibición de venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años. Así, la nueva normativa prohíbe la comercialización en el horario de 2 a 8, restricción que alcanza a quioscos, establecimientos que venden productos alimenticios, estaciones de servicios y sus anexos.
Modificaciones
El HCD modificó el Artículo 4° de la Ordenanza N° 32.747/2007. De esta manera, la redacción del nuevo artículo 4° prohíbe expresamente el expendio de todo tipo de bebidas alcohólicas tanto en los establecimientos comerciales que giran en los rubros quioscos y/o venta de productos alimenticios que no cuenten con comodidades y habilitación municipal para el consumo de bebidas en el lugar, como en comercios habilitados como estaciones de servicios y sus anexos.La nueva ordenanza establece en su Artículo 2° que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá colocar cartelería en lugares públicos estratégicos, a fin de hacer conocer la modificación de horarios dispuesta por el Artículo 1°.
Entre los fundamentos se encuentra el de, a partir de la instrumentación a partir del ejercicio de la Policía Municipal de los medios de control preventivo de la venta y/o consumo de alcohol, velar por la protección de los menores de edad que pudieran acceder a la compra o recepción de bebidas alcohólicas cualquiera sea su graduación, presentación o preparación.
Asimismo, se argumenta que la restricción en el horario de 22 a 8, tal como planteaba el articulado anterior, lejos de reducir el consumo de alcohol, en no pocos casos termina incrementándolo, cuando el público, especialmente el juvenil, termina adquiriendo bebidas alcohólicas anticipadamente y en exceso, contrariándose así directamente los objetivos de la prohibición; y que dicha restricción impulsaba la compra de bebidas alcohólicas a establecimientos ilegales o sin autorización o mediante la modalidad delivery a personas que no cumplen con la normativa vigente tanto impositiva como de seguridad alimentaria amén de expender estos productos a menores de edad.