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Benítez y Barbagelata, cuestionados por Reggiardo.
Benítez y Barbagelata, cuestionados por Reggiardo.
Benítez y Barbagelata, cuestionados por Reggiardo.
El abogado Carlos Reggiardo pidió la apertura de jury al Defensor General Maximiliano Benítez y a la jueza de Garantías Marina Barbagelata, la formación de causa y la eventual destitución de sus cargos de ambos.
De qué lo acusa a Benítez
En el escrito que dirige al Jurado de Enjuiciamiento (y que presentará este martes), Reggiardo reprocha al Defensor General “por mal desempeño en el ejercicio de sus funciones, en virtud de sostener en el cargo a un defensor oficial suplente, Fernando Álvaro Callejo, quien ha sido condenado a una suspensión de juicio a prueba por violencia de género contra su expareja y en presencia de su hijo menor de edad”.

El defensor oficial Nº 5 del Ministerio Público Pupilar de Entre Ríos Fernando Álvaro Callejo fue denunciado por violencia de género por su exmujer. El caso, caratulado “CAF s/Lesiones leves calificadas. s/Violencia de género agravada”, fue resuelto mediante el procedimiento de suspensión de juicio a prueba por un año, refrendado por la jueza de Garantías Marina Electra Barbagelata, este viernes 7 de febrero.

El hecho violento ocurrió en diciembre de 2023. En el ínterin, el defensor Callejo sumó dos causas en el fuero de Familia, una por divorcio, otra por violencia de género, y este viernes 7 de febrero fue comunicado a la Oficina de Medidas Alternativas del Poder Judicial para que controle que el defensor cumpla con las imposiciones de reglas de conducta acordadas.

De momento, y a pesar de la situación que atravesó el integrante del Ministerio Público de la Defensa, se lo mantendrá en funciones, aún cuando es un funcionario que no ha concursado el cargo a través del Consejo de la Magistratura. Depende del Defensor General Maximiliano Benítez.
Qué le endilga a la jueza
Respecto de la jueza Barbagelata, “por haber otorgado irregularmente el beneficio de suspensión de juicio a prueba a un funcionario público, lo cual está expresamente vedado por el ordenamiento jurídico”.

En su presentación, pide “la apertura del procedimiento de Jury de Enjuiciamiento contra ambos funcionarios y la investigación de la legalidad del procedimiento aplicado a Callejo”.

Dice del Defensor General que “ha incurrido en mal desempeño en sus funciones, conforme a lo previsto en el artículo 218 de la Constitución de Entre Ríos al mantener en funciones a un Defensor Público que fue beneficiado con una suspensión del juicio a prueba ilegal, a pesar de haber sido imputado por violencia de género en perjuicio de su expareja y frente a un menor de edad”.

Además, Benítez designó a ese funcionario “sin haber concursado el cargo, lo que viola los principios de transparencia e idoneidad en la selección de magistrados y funcionarios del Ministerio Público de la Defensa, comprometiendo gravemente la confianza pública en la institución”.

Respecto de la jueza Barbagelata, sostiene el escrito que “ha incurrido en mal desempeño de sus funciones al incumplir con su deber fundamental de control de legalidad en el proceso penal, lo que constituye una causal expresa de remoción conforme al artículo 218 de la Constitución de Entre Ríos, el cual establece que los jueces pueden ser removidos cuando incurren en `mal desempeño de sus funciones, desorden de conducta o por delitos en el ejercicio de sus funciones`”.
Fuente: Entre Ríos Ahora.

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