El gobierno descuenta
El Gobierno reafirmó la voluntad de descontar los días de paro. Ya lo hizo con la huelga del 4 de julio, cuando estatales y docentes reclamaron contra la reforma previsional que aplicó el Poder Ejecutivo, al aumentar el aporte previsional del 16% al 19%.“Día de paro, día que se descuenta, día que se pierde, día que se recupera. Si es necesario estirar el ciclo lectivo a enero, se hará”, anunció el martes 13 el ministro de Gobierno y Trabajo, Manuel Troncoso, cuando dio a conocer la decisión de pagar el aumento salarial docente por decreto. Hubo tres ofrecimientos distintos (el 22 de julio, el 30 de julio y el 9 de agosto) que han cosechado rechazos sindicales.
Troncoso aseguró: “No podemos permitir que, tanto los chicos como los docentes no sindicalizados sigan siendo rehenes de algunos gremios”. Ahora, resta el descuento de los cuatro días de huelga docente de agosto: el 1, 2, 6, 7, 14 y 15 de este mes.
Cómo afecta al bolsillo
En el caso del cargo testigo, el maestro de grado sin antigüedad, que percibe un salario de bolsillo de $379 mil, el descuento por cada día de paro representa una suma de $18 mil. En realidad, se trata de $12 mil por cada día de paro más la resta de los $6 mil que no se liquidan en concepto de presentismo.Pero la matemática no es lineal para los 6 días de paro que hubo en agosto: los cuatro primero suponen una merma de $18 mil por día; pero los dos últimos, la quita es de $12 mil por día. De ese modo, la suma de lo que perderá un docente cuando cobre el salario de agosto será de $96 mil sobre un sueldo de $379 mil.
Lo que dice la normativa
Los descuentos por días de paro que aplica el Gobierno se apoyan en una serie de directivas. La principal, la directiva Nº30, emitida en 2007 por el exgobernador Jorge Busti, que dispuso que los servicios administrativos contable sólo abonen los días efectivamente trabajados por los agentes del Estado.Esa circular, la N°30, impuso la determinación de “hacer cumplir el principio que se debe remunerar por prestaciones laborales efectivamente realizadas” por parte de los agentes del Estado.
El viernes 22 de agosto de 2008, la administración del exgobernador Sergio Urribarri reflotó la vigencia de aquella circular, a través del decreto N°4.940, que estableció que el Ejecutivo podía tomarse hasta diez días para abonar los salarios a los activos, y hasta 20 días para los pasivos. El artículo 4° de ese decreto “ratificó” la vigencia de la circular N°30 dictada por Busti.
A esa disposición, le siguió el dictado de la resolución Nº2.565, emitida por el Consejo de Educación en 2008, que creó el manual de funciones de los rectores y directivos de escuela, y les impuso como obligación, entre sus funciones, la de informar sobre ausencias por adhesión a las huelgas de parte de los docentes.
Luego, el 4 de agosto de 2016, aquella normativa se amplió con la publicación de la resolución Nº2.566, también del CGE, que amplió el trabajo del personal directivo de las escuelas e incorporó un apartado en el que se incluyó entre “las funciones y responsabilidades del personal directivo”, la tarea de “realizar el control y carga de las asistencias del personal del establecimiento mediante el Sistema de Administración de Gestión Educativa (Sage)”.
La aplicación de los descuentos depende de que cada directivo informe qué docentes asisten y cuáles se adhieren a las medidas de fuerza. Ello no siempre ocurre. Y por eso los descuentos, de aplicarse, no siempre responden a la realidad.