En las últimas horas de este viernes, la Justicia de Faltas municipal ordenó la inmediata clausura de la Sala de Juegos Camba Paso, que desde enero funcionaba, en manos privadas y bajo concesión del IAFAS, en la zona noroeste de Concordia, cercana a los barrios donde habitan miles de vecinos afectados por la pobreza y la indigencia.
La decisión fue adoptaba por la Jueza de Faltas Valeria Armanazqui, fundada en un argumento central: la sala no cuenta con la habilitación municipal que exigen las ordenanzas para la apertura de cualquier local comercial en la ciudad.
El Secretario de Gobierno y Hacienda, Luciano Dell’Olio precisó a El Entre Ríos que a la clausura se arribó luego de varios pasos formales, el primero de los cuales consistió en una inspección realizada el día 7 de marzo por el área de Inspección General, que permitió constatar que carecía de la habilitación.
Dell’Olio explicó que los inspectores no efectuaron la clausura preventiva inmediata, tal como lo exige el artículo 27 del Código de Procedimiento de Faltas, porque los propietarios “presentaron en ese momento una documentación y dijeron que habían iniciado el trámite y que habían conseguido un permiso que venía de la gestión anterior, pero esto –se supo después- no era así. Igualmente, los inspectores labraron el acta y la elevaron al Juzgado de Faltas”, agregó.
La Justicia de Faltas efectuó el cotejo correspondiente, se corroboró que faltaba la habilitación comercial, que “no habían iniciado el trámite”. El Secretario de Gobierno contó que “se le notificó a la empresa, se le concedió el plazo legal para que hiciera su descargo y no se presentaron. Por eso se procedió directamente a la clausura”.
La decisión de la jueza Armanazqui está fechada ayer viernes a última hora y fue notificada a los dueños, la empresa Palmar Hotel Casino, a primera hora de hoy.
Luciano Dell’Olio reveló que el único trámite que figuraba en la municipalidad respecto de la sala estaba radicado en “Obras Privadas”, referido al permiso de edificación, que no tiene validez alguna para la habilitación comercial.
La firma del empresario Carlos Donato Carraro nunca obtuvo lo que se denomina la aprobación del uso del suelo. Es más, como pudo constatar El Entre Ríos, en enero el área municipal competente en la materia les había denegado expresamente el permiso de uso, al no encuadrarse en el Código de Ordenamiento Urbano y Territorial vigente.
Fuente: El Entre Ríos