“Los jueces no hablan, sino a través de sus sentencias”. Una máxima que a través del tiempo acompañó a los operadores del Poder Judicial, que no solamente se limitaban a dictar resoluciones sin más, sino que evitaban responder preguntas a la prensa.
El desembarco del doctor Dante Abel Command a los tribunales de Colón, como juez de Familia y Penal de Niños y Adolescentes, parece haber dejado atrás esa postura arraigada a la Magistratura: no solamente por abrir las puertas de su despacho para un mano a mano con El Entre Ríos, sino porque sus sentencias tienen base en la Oralidad.
Especializado en Derecho Procesal, de Familia y con una Diplomatura en Procesos Orales, precisamente hizo de la oralidad su sello en la costa del Uruguay -siendo pionero en el dictado de sentencias de este tipo-, con la adopción de la tecnología e internet como principales aliados.
No por nada sonríe al admitir que en la jerga judicial bromean llamándolo “el juez influencer”, recientemente haya sido entrevistado por su especialidad en una revista de distribución nacional e invitado a dictar una clase en el marco de una Diplomatura en Procesos Orales.
Rol del juez de Familia
Command era secretario del Juzgado de Familia de Concepción del Uruguay desde el año 2010.En 2018, cuando se crea un nuevo juzgado, fue juez interino hasta la realización de un concurso que llevó tres años: se postuló para “la histórica”, Gualeguaychú y Colón.
Quedó segundo -por 26 centésimas- y, “por una cuestión de cercanía”, eligió Colón.
No era una jurisdicción desconocida para él, dado que es oriundo de la ciudad de Villa Elisa y que se había desempeñado como empleado del juzgado colonense en 1998, cuando daba sus primeros pasos en la carrera judicial.
-¿En qué circunstancias interviene un juez de Familia y Penal de Niños y Adolescentes?
-Tenemos una competencia bastante amplia en todo lo que son cuestiones de familia, que generalmente se originan en los divorcios de matrimonios o uniones convivenciales que llegan a su fin, cuando se da la ruptura de una familia.
De allí pueden derivar reclamos de alimentos, compensaciones económicas, división de bienes, regímenes de visitas, custodia de los hijos, autorizaciones para salir del país, la intervención en discapacidad o incapacidad, la inhabilitación de una persona: ahí ya interviene la oralidad, con la cual le explico a esa persona por qué no puede comprar y vender, por ejemplo. Una explicación directa del juez a la persona a la que estás afectando su capacidad, algo que con una sentencia escrita no ocurre.
También en casos de salud mental y control de las adicciones de personas que son internadas contra su voluntad, haciendo un control legal: toda una competencia que los abogados de la profesión por lo general no ven, que tiene que ver con lo social y las medidas de protección excepcional de niños y adolescentes, cuando están en riesgo y son sacados de sus familias por órganos administrativos.
Lo mismo ocurre con la violencia familiar y de género, que insume una parte muy importante del juzgado. Hay que hacer un trabajo rápido y tomar decisiones, algo que no sabe de días ni horarios, para lo cual la tecnología ayuda mucho al momento de disponer medidas rápidas y notificarlas.
Hay muchos reclamos de filiación hoy en día: hijos que no han sido reconocidos por sus padres. También casos de padres que impugnan la filiación de sus descendientes. Ese también es un campo importante con el cual se trabaja con la ciencia y la tecnología.
Acá también tengo competencia en lo que es Penal de Niños y Adolescentes. Hasta los 16 años son no punibles y hasta los 14 no procesables porque pueden ser traídos a juicio, pero de manera educativa y didáctica, sin recibir pena. Los mayores de 16 son punibles pero por determinados delitos graves, como son robo con uso de arma, abuso sexual, homicidio o lesiones graves, pero a la pena la tienen recién después de los 18 años y previo tratamiento de reeducación, contemplando si hubo recuperación y arrepentimiento. Tiene otra óptica, al ser amparados en la Convención de los Derechos del Niño.
-Al momento de su asunción, el entonces presidente del Superior Tribunal de Justicia, Martín Carbonell, afirmó que en los últimos dos años se había visto incrementada la incidencia por casos de violencia familiar y de género, y que el 75% de las causas estaban vinculadas a esos flagelos. ¿A qué lo atribuye?
-La rispidez que ha generado el confinamiento por la pandemia, la limitación a actividades deportivas y el esparcimiento, sumado al estar encerrado y estresado, hizo que muchas personas descargaran su cúmulo de energía con quienes tenían al lado y así se generaban muchos conflictos.
Generalmente, parte de la frustración y la bronca, las canalizás a través de un deporte: salir a correr, jugar al fútbol, hacer boxeo. O, por el contrario, yendo a pescar o estando en contacto con la naturaleza, algo que tampoco se podía hacer.
-En ese punto, ¿cree que se trata de un fenómeno pasajero o que esa ola de violencia vino para quedarse?
-Creo que pueden descender los niveles, pero que no va a desaparecer; tal vez volvamos a las cifras históricas, porque habrá una canalización de esa ira y esa bronca por otros lados: siempre existió y va a seguir existiendo.
También ha ido aumentando por un fenómeno, que es un muy importante, como es el empoderamiento de la mujer. En otras épocas, eran muy pocos los casos de violencia de género que llegaban a la Justicia porque la víctima tenía vergüenza del “qué dirán”, había clases sociales determinadas que directamente no denunciaban porque cuidaban su imagen hacia la sociedad.
Hoy existe otra mirada. La mujer está empoderada y denuncia, entonces pone en evidencia todo ese flagelo que en realidad siempre existió: muchas veces ocurre que te encontrás con gente mayor que te cuenta historias terribles, pero que nunca dieron intervención al Estado.
-¿Cuánto impactó la implementación de la Ley Micaela en el Poder Judicial?
-Ha impactado. Lo he notado en la forma de hablar de muchos funcionarios y en poner límites en algunas audiencias en que se les iba la mano y se les ha “parado el carro”.
Es una ley que enseña a cambiar muchas ópticas que uno trae aparejado desde chico, de ciertas generaciones que criaban a sus hijos de una manera machista. Lo mismo el nivel de machismo y de cosificación de la mujer que había en los medios de comunicación, que uno absorbía y naturalizaba eso.
De hecho, hace poco escuché a una abuela que le decía a su nieto: “Los hombres no lloran”. Y le respondí que sí, que los hombres también lloramos. Además de que se trataba de un niño, ni siquiera era un hombre todavía.
En Colón existen espacios de reeducación en masculinidad y actividades para hijos de familias con situaciones de violencia, que en otros lugares no he visto. Hay un cambio cultural que debemos hacer y considero que la Ley Micaela es muy importante.
-Carbonell también consideró “indispensable” la necesidad de ir dotando de mejores recursos humanos a un fuero “tan sensible” como el de Familia. ¿En qué situación se encuentra y qué falta en el juzgado de Colón?
-Nos está faltando un solo cargo administrativo intermedio, de carrera, como es el de oficial auxiliar, que ya fue gestionado porque realmente hace falta.
También hay que dotar de tecnología a los juzgados. No puede faltar una buena conexión a internet y un buen sistema de cámaras y micrófonos, para que no se nos caigan las nuevas prácticas que hemos logrado insertar hasta el momento.
La provincia de Entre Ríos está muy buen vista a nivel nacional por esta cuestión de la oralidad. Los cambios empezaron en el sistema penal, después se adoptaron en los civiles y de familia.
Ahora se suma Villaguay, uno de los juzgados de Gualeguaychú, uno de Concepción del Uruguay y este juzgado en Colón. También lo hará la jueza de Nogoyá y próximamente la nueva jueza de Familia de Concordia.
-A su criterio, el Ministerio Publico Fiscal y el Juzgado de Familia, ¿actúan de manera coordinada? ¿O habría algún punto a mejorar o “aceitar” en esta jurisdicción?
-Este juzgado tiene conexión con muchas instituciones y, en comparación con otras jurisdicciones, encuentro que se está trabajando muy bien en el territorio.
Creo que eso también ayuda a que la mujer haga visible su problema y llegue acá a denunciar su situación y eso también contribuya a que suba el número de casos. Si es para evitar sufrimiento y femicidios, bienvenido sea.
El nexo con Fiscalía está muy aceitado, a partir de la implementación del expediente digital que nos vincula. Ellos tienen acceso por internet a denuncias e informes y las notificaciones también son electrónicas.
Fuera de eso, somos organismos totalmente independientes, que tomamos nuestras propias decisiones: no les voy a decir cómo trabajar ni a los fiscales ni a los órganos gubernamentales, como el Copnaf (Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia) o las aéreas municipales.
-¿Usted abarca todos los casos de violencia de género o en algunos puede intervenir el Juzgado de Paz de cada localidad?
-A los juzgados locales se los dotó de mayor equipamiento y personal. Ahora, por ejemplo, todos los jueces y secretarios deben ser abogados. Eso les dio una preparación.
Tienen el deber de tramitar denuncias de violencia familiar y de género, deben tomar medidas si así lo consideran y solicitar la intervención de equipos técnicos. Nosotros intervenimos en esos casos como órgano de apelación, es decir que si una decisión tomada en San José o Villa Elisa es apelada, como juez represento la segunda instancia y debo revisar el mandamiento.
También hay una cuestión de inmediatez en que exista la posibilidad de denunciar en el mismo lugar donde vive la víctima, algo que permite acercarle de algún modo la Justicia y evitar que deba peregrinar por diferentes juzgados.
El concepto de oralidad
A partir de su formación en una Diplomatura en Procesos Orales, el doctor Command llegó decidido a implementar esta modalidad en el Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de Colón, con el propósito de “darle mayor agilidad y efectividad” a los procesos judiciales, “que estas cuestiones de familia sean más rápidas”.“Espero llegar a los mismos resultados que en Concepción del Uruguay”. Por ejemplo, “tener un caso de alimento terminado entre tres y cuatro meses, una restricción a la capacidad o incapacidad resuelta entre cinco y seis meses, lo mismo que un juicio de adopción en plazos menores a un año: los procesos escritos generalmente tardan mucho más tiempo”.
En su época de secretario, recuerda haber visto “incidentes de aumentos de cuotas alimentarias que tardaban hasta dos y tres años” y que “cuando llegabas a la actualización de la cuota, la inflación había comido el porcentaje y había que reclamar hacia atrás”.
“Hoy tenemos la tecnología y el sistema de video registración que permite dictar una sentencia oral y darle a la gente la respuesta judicial en la cara y a los abogados hacer sus apelaciones y alegatos en forma oral”.
“Todo se simplifica de manera tal que permite agilizar los tiempos y, en definitiva, cumplir con el artículo 65º de la Constitución provincial, que es dar una tutela judicial efectiva”. Ello, según el magistrado, tiene que ver con “la paz social”, porque al dictar una sentencia “lo que uno busca es resolver un conflicto, no terminar un caso”.
“Muchas veces, a través de una resolución escrita, terminás dando en 20 páginas una sentencia hermosa, con una cantidad de palabras y un montón de doctrina y jurisprudencia que el común de la gente no llega a comprender. Es decir, no tiene la inmediatez que un juez te explique lo que está resolviendo, cara a cara”.
Lo que se busca es “una sentencia hablada y explicada”, que “obliga al juez a dar la cara”, con un lenguaje “sencillo” y “entendible”, “sin latinazgos”: “En la misma audiencia, hago el cálculo de los honorarios de los abogados y ellos a su vez hasta pueden apelar en forma oral, enviando posteriormente los fundamentos por escrito, dándoles tiempo de elaborar su estrategia”.
¿Hay resistencia a la oralidad? “En mi experiencia en Concepción del Uruguay, con la pandemia, el confinamiento y la necesidad de seguir trabajando, los abogados se adaptaron rápidamente a la virtualidad, más allá de las brechas generacionales”. Sin embargo, admite que en el fuero de Colón “he notado algunas resistencias, porque les gusta venir al despacho y les parece que no es lo mismo”.
“Por video conferencia -contrasta- tengo hasta mejor raport que en forma presencial. El tribunal llega a sus casas: no hay necesidad de viajar, faltar al trabajo o perder un día en tribunales. No se los voy a imponer, pero aspiro a que los abogados del departamento se adapten”.
Acerca del registro de sus sentencias, Command aclara que “queda un resumen escrito de la parte dispositivo, o sea lo que yo resuelvo, sucintamente. Todo lo que es fundamento, motivación, explicación y el debate, queda registrado. Si van a apelación, el vocal que revise el caso deberá mirar el video y referenciar como base determinado minuto, por ejemplo”.
También implementa la tecnología en materia de notificaciones: “Uso WhatsApp, constatando que un número esté a nombre de la persona que se necesita contactar. Lo mismo los correos electrónicos, vinculados al sistema como usuarios, que a su vez les permite acceder al expediente digital”.
Fuente: El Entre Ríos