Corrupción

¿Riesgo de fuga de Báez? “Es una ficción”, dijo su defensor y, si lo hubiese, “se anula en domiciliaria y con una tobillera”

Velázquez es el defensor del exministro Báez.

El Ministerio Público Fiscal quiere que el exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Ángel Báez, corra la misma suerte que el exgobernador Sergio Urribarri y su cuñado, Juan Pablo Aguilera, ambos llevados a la Unidad Penal con prisión preventiva como consecuencia de un fallo de la Cámara de Casación Penal que revocó un fallo de primera instancia.

Abril, septiembre y ahora
En abril, Fiscalía pidió que en el marco de la tramitación del megajuicio, que en 2022 aplicó a Urribarri una pena de 8 años de prisión; a Aguilera, 6 años y 6 meses; y a Báez 6 años y 6 meses, pidió prisión para los tres.

En septiembre, el Tribunal de Juicios y Apelaciones (conformado por los jueces María Carolina Castagno, Julián Carlos Vergara y Elvio Osir Garzón) rechazó esa petición. Esa resolución fue apelada, y la Cámara de Casación lo dio vuelta y este martes ordenó la detención de Urribarri y Aguilera. Pero la situación de Báez había sido resuelta de otro modo.

Y conocido el fallo de Casación, Fiscalía pidió que también el exministro de Cultura y Comunicación sea llevado a la cárcel con preventiva hasta que el fallo quede firme. O sea, hasta que se conozca el pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Esa resolución se conocerá este viernes. Los jueces Castagno, Vergara y Garzón, en fallo dividido, ya le han rechazado un pedido de ese tenor a los fiscales.
Lo que se discutió el martes
José Velázquez, defensor de Báez, dice que el exministro no quedó incluido en la resolución de Casación porque en primera instancia Fiscalía había pedido que la condena se vuelva efectiva, pero al resolver la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) conceder recurso federal ante la Corte esa sentencia todavía no adquirió firmeza. Entonces, ahora el Ministerio Público Fiscal pidió prisión preventiva para Báez, y la resolución a esa petición se conocerá este viernes, a las 12.

“En la audiencia que hubo en Tribunales el martes a la tarde ante el Tribuna de Juicio se discutió si había elementos o no para aseverar un posible riesgo de fuga de Báez”, contó.

“Hoy sí podemos asegurar que respecto de estos tres imputados, Urribarri, Aguilera y Báez, la sentencia no está firme. Hoy lo podemos asegurar. Y esto va a ser así hasta tanto resuelve la Corte”, indicó.
“Es una apreciación subjetiva, una ficción”
-¿En el caso que se dicte la prisión preventiva para Báez en alguna instancia, van a ir por el hábeas corpus?
-Nosotros vamos pasito a pasito. Acá hay que destacar primero lo fue nuestra principal crítica respecto a los planteos del Ministerio Público Fiscal. Ellos sostienen que la interpretación que hizo la Cámara de Casación Penal sobre los elementos que había sobre el resto de los consortes eran trasladables a Pedro Báez. Nosotros entendemos que en estos casos los riesgos procesales son particulares, son personales, no son trasladables. ¿Se entiende? No es suficiente un fallo de Casación Penal para aseverar un riesgo de fuga. Fiscalía habló de recursos técnicos, económicos y contactos que tendría el señor Báez, pero no dijo cuáles eran. Entonces, nosotros entendimos que es una apreciación subjetiva, es una ficción, no hay un elemento concreto. Y ahí nosotros desplegamos una batería de argumentos respecto de la historia de la conducta procesal de Pedro Báez en el proceso, que fue el primer legislador en haber renunciado a los fueros y se presentó a la Justicia y declaró. En aquel momento era por lo que comúnmente se conocía por la causa de los carteles.

-Uno de los argumentos de Casación para advertir el riesgo de fuga de Urribarri es que nunca se presentó en forma personal, que siempre declaró vía zoom. ¿Pasó lo mismo con Báez?
-No me voy a meter en lo que fue la situación de Urribarri. Sí lo que yo te puedo decir en el caso de Báez es que él se ha presentado personalmente en la instancia que tenía que presentarse personalmente y en la que se presentó vía remota o vía Zoom, Meet, como quieran decirle, fue con autorización de la Justicia.

Pide domiciliaria, si dictan la preventiva
-En el caso de Urribarri, la jueza Carola Bacaluzzo, al rechazar el hábeas corpus, pidió que el Servicio Penitenciario le garantice el alojamiento en la Unidad Penal en un sector separado de los internos con condena firme. Báez había pedido arresto domiciliario por sus cuestiones de salud. ¿Van a reiterar el mismo pedido en caso de que se lo quiera enviar a la cárcel?
-En primer lugar, nosotros solicitamos subsidiariamente la morigenación de la prisión preventiva bajo la modalidad domiciliaria. Pero quiero diferenciar. No estamos hablando de ejecución de penas. Una cosa es la prisión domiciliaria de la ejecución de pena, y otra cosa es la morigenación de la prisión en domiciliaria respecto a este riesgo de fuga. Son dos cuestiones. En este caso, nosotros decimos que, si el Tribunal entiende que habría un posible riesgo de fuga, ese riesgo de fuga se anula estando Pedro Báez en domiciliaria y con una tobillera. No habría ningún peligro.

-¿Cuándo se vuelven efectivas las condenas? ¿Hay jurisprudencia o es un dogma de fe? Acá, el exjuez Hugo Perotti nos dijo que con el pronunciamiento de Casación bastaba, no era necesario acudir a la Sala Penal o a la Corte.
-En la provincia de Entre Ríos, toda persona que transita un proceso penal, la sentencia queda firme cuando la Sala Penal rechaza el recurso extraordinario federal. A partir de ahí se ejecuta la pena. Eso es en todos los casos. No es en este caso en particular. Está la normativa, pero la normativa no tendría que buscarse en el Código Procesal Penal de la provincia, sino en el Código Procesal Civil y Comercial. Por eso es que en nuestra provincia, cuando se agotan los recursos, la sentencia queda firme. Si bien yo respeto la postura de Perotti, pero es una postura personal, que responde más al populismo punitivo, de adelantar la condena. Pero no hay una base normativa.

Fuente: Entre Ríos Ahora.