El contrato al que la Justicia no dudó en considerar nulo fue firmado por el Presidente del Consejo General de Educación, José Luis Panozzo, y el Intendente de Colón, Mariano Rebord, sin que la comunidad educativa de la institución estuviera enterada y hubiera dado su aprobación. Muy por el contrario, años antes, en 2013, la rectoría de la Agrotécnica había dejado constancia por escrito de que la superficie que se pretendía desguazar no sólo pertenece a la escuela sino que además tiene utilidad para su misión educativa.
La sentencia del Juez Bonvín, que se conoció este viernes, dispone "declarar la nulidad del contrato de comodato celebrado en fecha 22 de marzo de 2017, entre el Consejo General de Educación de la Provincia de Entre Ríos representado por el Señor Presidente Prof. José Luis Panozzo y la Municipalidad de Colón representado por el Señor Presidente Dr. Mariano Pedro Rebord y el Secretario de Gobierno y Política Sociales Gustavo Blanc y de la aprobatoria del mismo, dictada de idéntica fecha". actuó luego de que un grupo de padres formalizaron la denuncia en los tribunales, convencidos de que el despojo que sufriera la escuela atenta contra el derecho a la educación de sus hijos. El fallo es de primera instancia por lo que corre de ahora en más el plazo correspondiente para que sea apelado.
No es esta la primera oportunidad en que otro poder del Estado se pronuncia sobre el polémico comodato, que generó una ola de rechazos en la comunidad colonense.
En el Senado entrerriano, a instancia del legislador Pablo Canali y por unanimidad, se aprobó un proyecto que instaba a las partes a dar marcha atrás con el inconsulto contrato de cesión de tierras de la escuela y a buscar una solución consensuada.
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