El Tribunal estará integrado por la presidenta de la Sala Penal del STJ, Claudia Mizawak, la vocal Gisela Schumacher y el vocal Leonardo Portela. Por el Ministerio Público Fiscal estará el procurador general Jorge García, detallaron en un comunicado remitido a El Entre Ríos.
Por las defensas técnicas los siguientes abogados: Enrique Bacigaluppe, en representación de los imputados Luis Alberto Gómez, Alfredo Horacio Imaz, Diego Federico Differding, Ricardo Hernán Paredes, Luis Roberto Jesús Carlino, Romeo Fabián Valdez, José María Biderbos, Maximiliano Andrés Paredes y Juan Pedro Lacuadra; Gonzalo M. Cantallops, en representación del imputado Luis Alberto Romero; Guillermo Mulet, Damián Petenatti y Rubén Pagliotto en representación del imputado Carlos Daniel Zaragoza y el defensor oficial Alejandro Giorgio, en representación de los imputados Juan Manuel Rosas, Manuel Leandro Coutinho, Daniel Chávez, Carlos Alcides Rosas, Hugo Fabricio Troncoso.
Los delitos imputados en 2013
El Ministerio Público Fiscal le imputa a los encausados el siguiente hecho: "Que el día 8 de diciembre de 2013, aproximadamente a las 21.30, los funcionarios policiales oficial inspector Carlos Daniel Zaragoza, cabo primero Manuel Leandro Coutinho, cabo primero Luis Alberto Paredes, cabo primero Andrés Maximiliano Paredes, sargento primero Daniel Eduardo Chávez, sargento primero Ricardo Hernán Paredes, sargento José Orlando Troncoso, cabo primero Hugo Fabricio Troncoso, sargento Esteban Cendra, cabo primero Diego Federico Differdin, cabo Luis Roberto Jesús Carlino, sargento primero Juan Pedro Lacuadra, cabo primero José María Biderbos, sargento ayudante Carlos Alcides Rosas, cabo primero Juan Manuel Rosas, sargento ayudante Luis Alberto Gómez, el sargento Romeo Fabián Valdez y cabo primero Alfredo Horacio Imaz, se alzaron públicamente portando sus armas reglamentarias y otros elementos que les habrían sido entregados por la institución policial, quebrantando sus deberes positivos funcionales, para arrancar al gobierno provincial una mejora salarial, lo que obtuvieron al día siguiente en horas de la noche.Así, ejerciendo violencia ingresaron al edificio de la Jefatura Departamental de Policía de Concordia, ubicado en calle Pellegrini 627 de esta ciudad, golpearon al Jefe Departamental (comisario mayor Lucio José Villalba) y al jefe de Logística (comisario inspector Ariel Silva) a quienes lesionaron, tomaron el edificio e impidieron que Villalba pudiera abandonarlo; sustrajeron las videocámaras y el equipo de DVR donde se almacenan las filmaciones de la Jefatura, provocando daños a puertas y vidrios en el edificio.
Asimismo, tomaron la Sala de Tráfico del Comando Radioeléctrico, cortando las comunicaciones, tanto desde la Jefatura hacia el exterior como recepción de llamadas de la ciudadanía a dicha sección, determinando así que el departamento de Concordia se encontrara sin servicio de seguridad ciudadana; instigando al mismo tiempo con su inacción deliberada y publicitada a los saqueos y robos a distintos comercios de la ciudad.
La resolución del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia
El 1 de julio de 2015 el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia, integrado por Jorge Barbagelata Xavier, Silvina Gallo y Darío Perroud resolvió absolver de culpa y cargo a Carlos Daniel Zaragoza, Manuel Leandro Coutinho, José María Biderbos, José Orlando Troncoso, Ricardo Hernán Paredes, Juan Pedro Lacuadra, Luis Alberto Paredes, Diego Federico Differding, Luis Alberto Gómez, Andrés Maximiliano Paredes, Alfredo Horacio Imaz, Hugo Fabricio Troncoso, Daniel Eduardo Chávez, Carlos Alcides Rosas, Luis Roberto Jesús Carlino, Romeo Fabián Valdez y Juan Manuel Rosas, por los delitos de privación ilegítima de la libertad, daño calificado, peculado de bienes, robo, lesiones leves reiteradas (dos hechos) e instigación a la comisión de delitos que se le atribuyeran.Había dispuesto, también, declarar a Carlos Daniel Zaragoza, Manuel Leandro Coutinho, José Maria Biderbos, Juan Manuel Rosas, Daniel Eduardo Chávez, Diego Federico Differding, Luis Alberto Gómez, Juan Pedro Lacuadra, Alfredo Horacio Imaz, Luis Roberto Jesús Carlino, José Orlando Troncoso, Hugo Fabricio Troncoso, Ricardo Hernán Paredes, Luis Alberto Paredes, Andrés Maximiliano Paredes, Carlos Alcides Rosas y Romeo Fabián Valdez, autores material y penalmente responsables del delito de sedición agravada por la condición de funcionario público.
Condenó, además, a Carlos Daniel Zaragoza, Manuel Leandro Coutinho y José María Biderbos a la pena de cuatro años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo con más la inhabilitación especial para ejercer funciones públicas por el término de nueve años y accesorias legales; y a Juan Manuel Rosas, Daniel Eduardo Chávez, Diego Federico Differding, Luis Alberto Gómez, Juan Pedro Lacuadra y Alfredo Horacio Imaz a la pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo con más la inhabilitación especial para ejercer funciones públicas por el término de ocho años y accesorias legales; a Luis Roberto Jesús Carlino, José Orlando Troncoso, Hugo Fabricio Troncoso, Ricardo Hernán Paredes, Luis Alberto Paredes, Andrés Maximiliano Paredes, Carlos Alcides Rosas y Romeo Fabián Valdez a la pena de tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo con más la inhabilitación especial para ejercer funciones públicas por el término de siete años y accesorias legales, manteniéndose respecto de los mismos las medidas de coerción personal dispuestas por el tribunal el 11 de junio de 2015 hasta que la presente quede firme, practicándose oportunamente por medio de la Oficina Judicial el cómputo de pena respectivo.
La resolución de la Cámara Casación Penal Nº2
El 7 de marzo de 2022, la Cámara de Casación Penal Nº2, integrada por María Evangelina Bruzzo, Mariano Caprarulo y Fernando José Martínez Uncal, resolvió no hacer lugar a los planteos de extinción de la acción penal por prescripción promovidos por Alejandro María Giorgio, Enrique Oscar Bacigaluppe, Damián Petenatti, Guillermo Mulet y Rubén Pagliotto, en beneficio de sus asistidos procesales.Declaró, asimismo, extinguida la acción penal y por consiguiente, dispuso el sobreseimiento de José Orlando Troncoso, por razones de fallecimiento; y rechazó los recursos de casación interpuestos por los abogados Edelmiro Jesús Díaz Vélez, Alejandro María Giorgio (defensor de Casación Penal), Enrique Oscar Bacigaluppe, Gonzalo Martín Cantallops y Juan José Buktenica, contra la sentencia dictada el 1 de julio de 2015 por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia, la que por consiguiente, se confirma en lo que ha sido materia de recurso.