La inscripción comenzará el 27 de junio próximo y se extenderá hasta el 6 de julio venidero. El formulario se encontrará habilitado desde las 7 del día de inicio de inscripción y finalizará a las 13 de la última jornada. El trámite será vía electrónica y con modalidad telefónica para las personas con discapacidad que, para completar su inscripción, prefieran optar por ese canal.
La convocatoria, dispuesta en la reunión de Acuerdo Nº 18/22, del 7 de junio pasado, es para el cargo de escribiente, a fin de cubrir las vacantes existentes y las que se produzcan durante la vigencia del concurso en todas las jurisdicciones de la provincia.
Los postulantes podrán inscribirse para concursar hasta en dos jurisdicciones de la provincia como máximo. En el caso del concurso para personas con discapacidad, la inscripción será exclusivamente para la jurisdicción de Paraná.
Sobre la inscripción
Para postularse, las personas interesadas deberán completar y adjuntar la documentación requerida en el formulario, que estará disponible en la página web del Poder Judicial de Entre Ríos (www.jusentrerios.gov.ar).Quienes se inscriban deberán aceptar expresamente las condiciones fijadas por el STJER, en tanto que todas las notificaciones se realizarán por correo electrónico a las cuentas que declaren en el formulario de inscripción.
Dessde el STJ indicaron que, oportunamente, se comunicará la fecha y el modo en que se llevará a cabo la capacitación y evaluación virtual obligatoria y también se publicará en la página web el material de estudio correspondiente al concurso.
Requisitos para la inscripción
-Ser argentino/a nativo/a o naturalizado/a.-Tener como mínimo dieciocho (18) años de edad.
- DNI (anverso y reverso).
-Título Secundario y/o certificado analítico (anverso y reverso).
-Certificado de antecedentes penales expedido por el Registro Nacional de Reincidencia, con fecha de emisión anterior no mayor a tres (3) meses de la fecha de inscripción.
-Certificado de Discapacidad vigente (si la inscripción es al concurso para personas con discapacidad).
-Declaración jurada de no estar comprendido en las inhibiciones establecidas en el art. 8º del Decreto Ley 5.143 y, respecto de las establecidas en el inc. h), deberá indicarse con relación a quién.
Serán rechazadas sin más trámite las solicitudes que no reúnan las condiciones precedentemente enunciadas.
Consultas:
https://www.jusentrerios.gov.ar/concursos-de-ingreso/
Además, aclararon que si bien el trámite de inscripción al concurso de ingreso al Poder Juducial debe completarse vía electrónica, las personas con discapacidad podrán optar para recibir por teléfono la constatación de inscripción.