A la instancia de juicio se llegó luego de la decisión adoptada por la Justicia el 13 de agosto de 2020, cuando decidió agrupar las tres grandes causas contra Urribarri en un solo expediente y así dar lugar al megajuicio: de las 13 personas que se sentaron en el banquillo de los acusados, 5 fueron absueltas. Por unanimidad, el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná -conformado por José María Chemez, María Carolina Castagno y Elvio Osir Garzón- declaró a Urribarri “autor material y responsable de los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y peculado en concurso ideal en la modalidad de delito continuado”, en la primera de las causas que se ventilaron en el megajuicio, “la causa de la vaca” o de “las imprentas”, en la que se le reprochó que durante su gobierno se direccionaron las pautas de publicidad del Estado en vía pública en beneficio de las empresas de su cuñado, Juan Pablo Aguilera, Tep SRL y Next SRL, que a pesar de la discusión, el tribunal confirmó que le pertenecen y que quienes dijeron ser sus dueños son en realidad testaferros.
También se lo condenó por el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en la causa en la que estuvo implicado el empresario Germán Buffa, que consiguió del Estado una publicidad en tiempo tan veloz que la orden se firmó mucho antes de que su empresa, Global Means SRL, tuviera existencia real: no había sido inscripta todavía en la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip). El tribunal probó también acá el direccionamiento por cuanto Buffa tenía negocios con el exministro de Cultura y Comunicación de Urribarri, Pedro Báez, y su esposa, Sofía Riquelme. La Justicia también halló al exmandatario autor del delito de peculado en la causa que investigó la publicación de una solicitada en diarios nacionales contra los fondos buitre, que le costó al Estado entrerriano la suma de $4 millones y que en realidad fue parte de la instalación nacional del “Sueño Entrerriano”, su pretendida precandidatura a presidente de la Nación; le cargaron sobre sus espaldas también los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio del a función pública y peculado en concurso ideal en la investigación por el pago de una pauta publicitaria por $28 millones a la empresa Nelly Entertainment SA, del empresario Jorge “Corcho” Rodríguez, para difundir tres spots publicitarios en canales nacionales para, en teoría, promocionar la Cumbre de Presidentes del Mercosur, que se realizó en 2014 en Paraná, pero cuyo fin último fue instalar la figura de Urribarri a nivel nacional en su ansiado proyecto del “Sueño Entrerriano”: la posibilidad, frustrada al fin, de ser candidato a Presidente de la Nación. Además, en la quinta causa, negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y peculado en concurso ideal en la causa del parador de Mar del Plata que se instaló en el verano de 2015 y que le costó al Estado entrerriano $14 millones. Oficialmente, fue presentado como una estrategia de difusión turística de la provincia, pero para la Justicia cumplió la función de instalación de la figura de Urribarri como futuro candidato a presidente.
Así, sumados las causas “de la vaca”, la publicidad amañada direccionado hacia alguien del entorno del gobierno y el costo del “Sueño Entrerriano” derivó en la aplicación de la condena de 8 años de cárcel de cumplimiento efectivo para el extitular del Poder Ejecutivo entrerriano, más la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua y una multa por $180 mil, cuyos fundamentos de sentencia serán leídos en una audiencia programada para este martes a las 8.30.