Hasta el momento, la tarea solamente podía ser realizada por la Auditoría General de la Nación (AGN), un cuerpo que responde al Congreso, no al Poder Ejecutivo, y que está encabezado por Juan Manuel Olmos, vicejefe de Gabinete durante la administración de Alberto Fernández.
“A la luz del texto constitucional modificado en el año 1994 y de los antecedentes normativos, jurisprudenciales y de la doctrina de esta Procuración del Tesoro, opino que el sistema de control interno previsto en la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N.° 24.156 es de aplicación a las Universidades Nacionales”, señala el Dictamen de Barra.
Para el funcionario, “el ejercicio de dicho control no contradice ni vulnera la autonomía funcional y la autarquía administrativa-financiera que les reconoce la Constitución Nacional, reglamentada por el Legislador a través de la Ley de Educación Superior N.° 24.521″.
La decisión se las habían comunicado el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el asesor presidencial Santiago Caputo a los diputados del PRO y del MID que participaron de las habituales reuniones de seguimiento legislativo en la Casa Rosada.
Un día después de aquel encuentro, se firmó el dictamen en el que se indicó que el artículo 1° de la Constitución Nacional apoya la existencia de mecanismos de control sobre la gestión pública y “no puede olvidarse que los objetivos de ética y transparencia constituyen principios generales reconocidos por normas de rango superior a las leyes”.
Para Barra, “de modo alguno podría interpretarse que el marco normativo veda a la SIGEN a ejercer el control interno”, ya que el hecho de que la Ley de Educación Superior prevea expresamente que todas las universidades “deben generar mecanismos de auditoría interna”, no implica que el organismo no pueda cumplir también ese rol.
“Ello no solo no surge de la norma, sino que tampoco sería incompatible uno y otro control, que se encuentran presentes –ambos– en la mayoría de los entes descentralizados o autárquicos”, remarcó el procurador del Tesoro.
La medida se enmarca en un contexto de conflicto entre el Gobierno y las autoridades de las casas de altos estudios, a las que el presidente Milei quiere supervisar para hacer un seguimiento de los fondos que se destinan a estas instituciones.
“En un país donde la gran mayoría de los niños son pobres y no saben leer, escribir ni realizar una operación matemática básica, el mito de la universidad gratuita se convierte en un subsidio de los pobres hacia los ricos, cuyos hijos son los únicos que llegan a la universidad con los recursos, la cultura y el tiempo común para poder estudiar”, sostuvo Javier Milei el sábado al presentar el nuevo nombre del ahora ex CCK, que pasó a llamarse Centro Cultural Palacio Libertad Domingo Faustino Sarmiento.
Todo surgió luego de que el mandatario firmara un veto que anuló el proyecto que había sido aprobado en el Congreso y que establecía un aumento para todo el personal docente y no docente del sector, lo que motivó en las últimas horas varios hechos de violencia y tomas en los edificios educativos.
Según pudo reconstruir Infobae, una de las iniciativas del Poder Ejecutivo es controlar que las universidades respeten “los procedimientos de compra que tiene todo el Estado” y cumplan con “los mismos estándares que en la administración pública”.
Así lo anticipó en una entrevista radial el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, aunque la idea surgió de la Subsecretaría de Políticas Universitarias, a cargo de Alejandro Álvarez, un área que está bajo la órbita de Capital Humano.
Desde esos despachos oficiales se aseguró que “se está evaluando la forma de implementar esa medida” que, “en principio, no afecta la autarquía de las universidades nacionales, en tanto no indica ni autoriza qué deben comprar o dejar de adquirir”, sino que se busca “que el sistema sea más transparente”.
“Una interpretación literal y armónica de los textos legales en análisis lleva a concluir que las Universidades Nacionales están sometidas, por un lado, al control externo, a cargo de la AGN, conforme lo establecido por la Ley de Administración Financiera a la que remite el artículo 59 de la Ley de Educación Superior, en virtud de lo establecido en el artículo 59 bis de esta última y de conformidad a lo previsto por el artículo 129 de la Ley N.° 27.591. Por otro lado, también están sujetas al control interno, en cabeza de la SIGEN, que le resulta aplicable en virtud de lo previsto en el artículo 100 de la LAF, como lo contempla expresamente el artículo 59 de la Ley de Educación Superior”, señaló el documento firmado por Barra.