Esta operatoria se desarrolla a partir de la sanción del Decreto Nº 48.334, que establece que personal especializado del área fiscal pueda detectar los contribuyentes que, habiendo cerrado su negocio, no han comunicado esa situación al fisco municipal y así proceder a la baja de oficio.
El alerta comienza cuando transcurren doce períodos mensuales consecutivos sin que un contribuyente presente las correspondientes declaraciones juradas en la Tasa de Higiene, Seguridad y Profilaxis. A partir de allí, el equipo fiscalizador identifica al titular del comercio, para luego visitar personalmente el domicilio declarado de la explotación. En caso de constatarse el cierre del local, se procede a la “Baja de oficio”.
Por otra parte, en los casos en que el personal fiscalizador constante que el contribuyente moroso se encuentra llevando adelante su actividad económica, se procede a labrar un acta certificando la situación y emplazando al mismo a regularizarla.
La tarea continuará en los próximos meses, estimándose un objetivo inicial aproximado de 2.200 contribuyentes en situación de incumplimiento.