De implementarse esta propuesta, deberá emprenderse la instalación progresiva y con carácter obligatorio de “sistemas integrales de control de peso permanente” de las cargas transportadas en todas las rutas y caminos provinciales.
Los “sistemas integrales” incluirían plataformas de pesaje dinámicas y estáticas, que permitan una verificación contrastable, es decir mediante un sistema completo de pesaje formado por una balanza de peso total y por otra de peso por eje o conjunto de ejes. La Dirección Provincial de Vialidad sería su autoridad de aplicación, convirtiéndose así en la encargada de coordinar el ejercicio de sus funciones, de manera conjunta a la Dirección de Prevención y Seguridad Vial de la Policía de Entre Ríos.
El Poder Ejecutivo, al reglamentar la ley, deberá establecer los ámbitos de competencia de ambos organismos, los cuales -de corresponder- se deberán desempeñar como revisores de carga en los términos del artículo 58º de la Ley Nacional Nº 24.449 y, además de las tareas de fiscalización y control, verificar periódicamente los instrumentos de pesaje.
La autoridad de aplicación deberá determinar la localización de los puestos de control de peso, una vez que este proyecto se convierta en ley y que la misma sea promulgada.